picture_as_pdf 2019-06-05

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

OMAR ALBERTO DEL RIO


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Néstor García (Juez), secretaría de la autorizante, se ha ordenado que el Martillero: Omar Alberto del Río (C.U.I.T. N°: 20-05077283-8), dentro de los autos caratulados: PESADO CASTRO, Mario E. c/Otro; s/Juicio Ejecutivo (C.U.I.T. N°: 20-23.899.740-3); Expte. C.U.I.J. Nº 21-02897231-5 , venda en pública subasta el día lunes 10 de junio de 2019, a partir de las 15,00 hs., en la Sede de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos N°: 238) respecto a la Nuda Propiedad sobre 1/3 parte indivisa del inmueble ubicado en calle Carriego N°: 1848, del Lote N°: “9 B” y 3/6 partes de Lote N° “9 C “, correspondiente al pasillo, Inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tomo: 639, Folio: 473, N°: 250.427, Dto. Rosario, embargo trabado conforme constancias de fs. 87. El mismo saldrá a la venta en el estado de desocupable, según da cuenta el acta de constatación de fs. 101. Saldrá a la venta con una Base de $ 300.000, en caso de no haber postores con una retasa del 25% de la primera ($ 225.000) y de persistir la falta de oferentes con una última Base ($ 150.000), siendo las posturas mínimas de $ 5.000. El comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero efectivo y/o cheque certificado el 10% de compra con más el 3% de comisión al martillero. Para el caso que la suma ut supra, mencionada supere el valor de $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheche certificado o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C. R. A. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por el Tribunal y/o martillero actuante a la A.F.I.P. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta,y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 del C.P.C.C. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios que se adeudaren, gastos de transferencia e I.V.A., sobre el precio de compra, si correspondiere, son a cargo del comprador. El saldo se depositará una vez aprobada la subasta judicialmente en los términos de los arts.497 y 499 C.P.C.C. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y aviso en el Diario La Capital de Rosario. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta, a fin de que se tome razón marginalmente de la mima sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes saldo de precio, posesión ,etc.) Oficíese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas de la realización de la subasta, y con la debida antelación acompáñese constancia del diligenciamiento cinco días antes del acto de subasta. Ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del CPCC.; y notifíquese a los acreedores hipotecarios que pudieran existir en la forma prevista por el art. 488 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de loas arts.494 y 495 del CPCC, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra, quien deberá además aceptar la misma en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta, bajo apercibimiento de tener al comprador en comisión como adjudicatario definitivo.- A los fines de la exhibición del inmueble a subastar, desígnase el día 07 de junio de 2019 en el horario de 10 a 11 hs., haciéndosele saber a los ocupantes que deberán permitir el ingreso a tal fin. Hágase saber que el adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano Público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2° párr. del C.P.C.C. - Embargo: Sobre Parte Indivisa Nuda Propiedad, Tomo: 127 E; F°: 40, N° 307.382. - Monto $ 310.088,96 , Fecha 29 de enero 2018. Autos: Sánchez, Raúl c/Stabile Rolando s/Cobro .de Pesos,Expte.N°: 1728/17, Juzgado Laboral de la Novena Nominación Rosario. - Embargo: Sobre Parte Indivisa Nuda Propiedad. Tomo: 0127 E, Folio: 1485, N° 347.027; Monto: $ 585.000. Fecha: 14 Junio 2018; Para esto Obrados. El Martillero fija domicilio a los efectos legales en calle San Lorenzo N°1158, 1er. Piso Dto. “A” , de Rosario. Se firman seis ejemplares de un solo tenor y a un solo efecto en la Sala de mi despacho, en Rosario a los 24 días de mayo de 2019.

$ 780 392044 Jun. 5 Jun. 7

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

JORGE ALBERTO ROMERO


Por orden señor Juez Primera Instancia en lo C.C.y Lab. de la Segunda Nom de Cañada de Gómez, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: ROMERO, EDUARDO A. c/OTROS s/Apremio Laboral - Expte. Nº 648/18 se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día Diecinueve de Junio de 2019 a las 11 hs en las Puertas del Juzgado Comunitario y de Pequeñas Causas de Correa el inmueble embargado en autos consistente en: Una fracción de terreno de campo, con todo lo en ella edificado, clavado plantado y demás adherido al suelo, situado en el Distrito Correa. Depto. Iriondo, Prov. de Santa Fe, que es parte del lote “d”, del plano 57841 del año 1930, integrada por parte de las concesiones 41 y 541 de la legua 16 en el plano de la Compañía de Tierras del Central Argentino, y la que de acuerdo al plano especial de división practicado para este acto por el Agrimensor Cesar Torriglia, archivado bajo el número 21.013 en el año 1958, se designa como fracción “ d 1” (d-uno) y se compone, libre de calles, de las siguientes medidas y linderos: 577,70 ms. en su frente al norte, línea a-b; 668,44 ms. en su costado y frente también al Este, linea “ b-d” formando con el anterior un ángulo interno de 93 grado 41 minutos; 621,26 ms. en su costado Sud, línea “d-e” formando con el anterior un ángulo interno de 86 grados 19 minutos y 667,06 ms. en su costado O, línea “c-a”, formando con el anterior un ángulo de 89 grados 56 minutos 50 segundos y con el primeramente descripto, otro interno de 90 grados 3 minutos y 10 segundos, encierra una sup. Total de 39 hectáreas, 98 áreas y 89 cas, y linda al Norte, camino en medio con Luis Raynaud, al E, también camino en medio, con Sucesores de Juan Andino, al Sud con la fracción “d-2” de la vendedora y al Oeste con Teodoro Lux. Corresponde de lo precedentemente descripto deducir por expropiación con avenimiento. Polígono ABCA lote a, superficie 28 áreas, 50 centiareas, 9272 centímetros cuadrados. Del Informe del Registro General de la Propiedad de Rosario consta inscripto el Dominio al T° 93 F° 442 N° 87564 Dep. Iriondo Registradose los siguientes embargos: al T° 125 E F° 1805 N° 344636 del 10/6/2016 en autos: Ronco, Martín Sebastián c/Otros s/Cobro de Pesos Laboral (Exp. 352/2008) por $ 634.738,50 orden de éste Juzgado y al T° 127 E F° 2984 N° 400108 del 27/11/2018 en autos que ejecutan por la suma de $ 213.520. En el supuesto de que el día fijado resultare feriado o inhábil y/o por cualquier otro motivo y/o causa de fuerza mayor no pudiere realizarse en la fecha establecida, se efectuará la subasta el día hábil siguiente a la misma hora y lugar.-Saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra (cfme. constatación llevada a cabo, v. fs. 106), con la base de $ 13.972.505,53; de no haber postores con retasa del 25% y de mantenerse la ausencia de oferentes luego de una prudencial espera, se retira de la venta. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta y en calidad de seña, el 10% del precio más I.V.A. si correspondiere y el 3% de comisión del Martillero, en dinero en efectivo en pesos y/o cheque certificado en la misma moneda, y que el saldo deberá completarse dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta por el Tribunal bajo los apercibimientos del art 497 del CPCC. En ambos casos seña y saldo de precio deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Cañada de Gómez a la orden de este Tribunal y para estos autos, observándose al efecto la Resolución “A” 5147 del B.C.R.A. Es decir que todo importe superior a $ 30.000 no podrá hacerse en efectivo, debiéndose optar por pago con cheque certificado y/o transferencia interbancaria. Los impuestos, tasas y contribuciones adeudados serán íntegramente a cargo de quien resulte comprador juntamente con los gastos que demande la regularización de planos y nuevas mensuras más los impuestos que graven la venta como así la transferencia del Dominio. La transferencia de Dominio por compra en Subasta deberá canalizarse por Escribano Público y advertir que por ello queda excluida la opción prevista en el Art. 505 2° párrafo del CPCC. Exhibición de la propiedad los dos días hábiles anteriores a la fecha de remate en el horario de 11 a 12 hs. En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se aceptará reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución 745 Afip Cuit martillero 20-11270660-8 y D.N.I. propietarias 6.004.517 y 12.723953. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Cañada de Gómez, 27 de mayo de 2019 – Mariano Jesús Navarro, Secretario.

S/C 392106 Jun. 5 Jun. 7

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