picture_as_pdf 2005-06-15

MINISTERIO DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y VIVIENDA

 

En los autos relacionados con el pago del beneficio de reparación excepcional previsto en la Ley Provincial N° 12.183, su modificatoria N° 12.259 y Decreto Reglamentario N° 39/04, se ha dispuesto publicar el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL relacionado con la Resolución N° 306 de fecha 11 de mayo de 2005, de la Unidad Ejecutora de Recuperación de la Emergencia Hídrica y Pluvial, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: “Artículo 1°: No hacer lugar al reclamo impetrado por el Sr. ANTONIO SOSA - L.E. N° 6.225.160, respecto al pago del beneficio de reparación excepcional previsto en la Ley Provincial N° 12.183, su modificatoria N° 12.259 y Decreto Reglamentario N° 39/04, en relación al inmueble ubicado en Pasaje Alfonso N° 3040, de esta ciudad. Artículo 2°: Dejar firme el pago efectuado por Resolución N° 468 de fecha 3 de setiembre de 2004 al Sr. CARLOS RUBEN ACEVEDO D.N.I. N° 25.781.265. Artículo 3°: Notificar con carácter de urgente a los nombrados. Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C         14881    Jun. 15 Jun. 17

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