picture_as_pdf 2006-04-10

DECRETO N° 0708

 

Santa Fe, 31 de Marzo de 2006.

VISTO:

El expediente N° 00601-0026638-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda gestiona la modificación del Decreto N° 1.177 de fecha 04 de junio de 2.001, mediante el cual se estableció una reglamentación para el “Programa de Reparación de Edificios Públicos con Participación Comunitaria” (PREPAC), y.

CONSIDERANDO:

Que las modificaciones que se procura introducir en la norma vigente, tienen por objeto ordenar y establecer las condiciones en que se confeccionará la documentación técnica para la presentación de las solicitudes con el fin de atender trabajos de reparación, ampliación remodelación o refuncionalización de edificios de propiedad del Estado Provincial o de aquellos de los que disponga de su uso;

Que en tal sentido, es necesario disponer de la intervención de Profesionales Matriculados para la ejecución de Proyectos y/o Conducción Técnica de las Obras.

Que la verificación del avance de los trabajos será llevada a cabo por la Dirección Provincial de Arquitectura e Ingeniería, dependiente del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Sustitúyase el Anexo I del Decreto N° 1177 de fecha 04 de junio de 2.001 por el que se aprueba en el presente.

ARTICULO 2°.- Sustitúyase el Anexo II del Decreto 1177/01 por los Anexos II y III que se aprueban en el presente, relacionados con el Instructivo y modelo de convenio a suscribir, respectivamente, los que forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 3°.- Establécese que para todos los efectos de procedimientos administrativos, técnicos y financieros en los que se alude al “Programa de Reparación de Edificios Públicos con Participación Comunitaria” (PREPAC), deberá asimismo aplicarse dichas normativas para las entregas de subsidios a Entidades Intermedias particulares regidas por Decreto N° 1232/98.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

OBEID

Arq. Alberto Nazareno Hammerly

NOTA: Los Anexos integrantes del presente decreto se pueden consultar en la Dirección Gral. de Despacho del M.O.S.P. y V.

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