DECRETO N° 5345


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 DIC 2014

VISTO:

El expediente N° 01804-0012868-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes;

CONSIDERANDO:

Que la Empresa TRANSPORTE RIO CORONDA S.R.L. solicita la transferencia de los derechos y obligaciones provenientes de los Permisos Precarios N° 157 y N° 241 a favor de ESPIGA DE ORO S.A. y;

Que el trámite de transferencia está fijado en el Artículo 14 de la Ley N° 2499, previa acreditación de que los nuevos titulares o los componentes de la Razón Social poseen solvencia moral y comercial;

Que el Permiso Precario N° 157 fue otorgado a Pedro Salvador Gaitán por Decreto N° 2305/66, y fue transferido por Decreto N° 1052/73 a la Empresa Transporte Río Coronda SRL;

Que el Permiso Precario N° 241 fue otorgado a la Empresa Transporte Río Coronda SRL por Decreto N° 1238/81;

Que con el transcurrir de los años se han producido modificaciones en la prestación de los servicios públicos de transporte de pasajeros que se cumple por Ruta Nacional N° 11 y Provincial N° 64;

Que la firma Transporte Río Coronda SRL ha prestado ininterrumpidamente estos servicios, con total apego a las normas y satisfacción de los usuarios;

Que habiéndose acreditado que los servicios son de necesidad pública y se vienen desarrollando desde hace varios años con normalidad, amerita resolver favorablemente por su continuidad con la nueva titularidad;

Que el acto de transferencia a autorizar se circunscribe a los derechos emergentes de los servicios de titularidad de los permisos, no incluyéndose el parque automotor;

Que se ha acreditado que la cesionaria posee el parque automotor acorde a los servicios públicos por los cuales asume su responsabilidad;

Que se ha expedido la Dirección General de Transporte de Pasajeros, informando que se han cumplido todos los recaudos previstos en la reglamentación vigente;

Que en el trámite fueron satisfechos los requisitos de los Decretos N° 11755/61 y N° 2041/81, de la Ley N° 11.945 del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y su Decreto Reglamentario N° 1005/06;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción actuante se ha expedido favorablemente al trámite, mediante Dictamen N° 10431/14;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 2.499 y su modificatoria Ley N° 12.004;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1 °- Autorízase la transferencia de la explotación del servicio de autotransporte público de pasajeros que cumple la Empresa TRANSPORTE RIO CORONDA. CUIT N° 33-56643554-9 con domicilio en calle Las Heras 3061 de la ciudad de Santa Fe, correspondiente a los Permisos Precarios N° 157 y N° 241, a favor de la Empresa ESPIGA DE ORO S.A. - CUIT N° 30-54624625-2, con domicilio legal en Belgrano 2910 Boletería N° 33 de la Terminal de Ómnibus de la ciudad de Santa Fe, conforme al Cuadro de Horarios y al Cuadro de Recorridos que se presentan en el Anexo Único y que forma parte del presente decisorio, todos ellos con modalidad interurbana y régimen de intermedias en todo el recorrido.

ARTÍCULO 2°- La autorización otorgada en el Artículo 1 ° podrá ser revocada en cualquier momento por el Poder Ejecutivo cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen y obliguen, sin que la permisionaria tenga derecho a indemnización alguna.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BONFATTI

Arq. Antonio Roberto Ciancio


ANEXO UNICO


EMPRESA ESPIGA DE ORO S.A.


Permiso Precarío N° 157


Todos Todos Todos Todos Todos Todos Todos

No circula los los los los los los los

domingos días días días días días días días

SANTA FE 5.30 6.25 9.25 12.10 15.25 16.40 19.25 21.00

Sauce Viejo 6.00 6.55 9.55 12.40 15.55 17.10 19.55 21.30

Desvío Arijón 6.15 7.10 10.10 12.55 16.10 17.25 20.10 21.45

CORONDA 6.30 7.25 10.25 13.10 16.25 17.40 20,25 22.00


De

Lunes

a Todos Todos Todos Todos Todos Todos

No circula Viernes los los los los los los

domingos días días días días días

CORONDA 4.50 7.45 9.35 10.40 15.00 16.40 18.50 20.30

Desvío Arijón 5.05 8.00 9.50 10.55 15.15 16.55 19.05 20,45

Sauce Viejo 5.20 8.15 10.05 11.10 15.30 17.10 19.20 21.00

SANTA FE 5.50 8.45 10.35 11.40 16.00 17.40 19.50 21.30


Permiso Precario N° 241

De Lunes Todo los

a Viernes días

SANTA FE 11.20 LARRECH 6.00

Sauce Viejo 11.50 CORONDA 6.25

Desvío Arijón 12.05 Desvío Arijón 6.40

CORONDA 12.20 Sauce Viejo 6.55

LARRECHEA 12.45 SANTA FE 7.25

12714

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