DECRETO N° 0331


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

08 MAR 2016

VISTO:

El Expediente N° 00301-0067505-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las actividades que desarrolla el Ministerio de Economía tendientes a la búsqueda de financiamiento y la identificación de fuentes e instrumentos para lograrlo, se ha determinado que una de las alternativas consiste en la emisión de títulos de deuda a colocar en los mercados financieros locales e internacionales;

Que se ha solicitado el asesoramiento del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en su calidad de Agente Financiero de la Provincia, el que ha informado que resulta necesaria la contratación, en el caso de emisiones internacionales, de al menos dos agencias calificadoras internacionales en forma previa y prioritaria a fin de cumplir con los requisitos y condiciones que fueran conducentes para una futura emisión;

Que atento la especificidad de la materia, el Agente Financiero de la Provincia dentro del marco del Contrato de Vinculación vigente, ha requerido la presentación de propuestas a las calificadoras de riesgo en condiciones de prestar el servicio, a saber: “Fitch Ratings”, “Standard & Poor’s” y “Moody’s Investors Service”;

Que acompañadas las ofertas y luego de un análisis de las mismas por parte del Agente Financiero de la Provincia, presenta el informe respectivo, aconsejando la contratación de las firmas “Fitch Ratings” y “Moody’s Investors Service,” por menor costo y cumplimentar los fines ya expuestos;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, destacando que corresponde encuadrar la gestión en las excepciones dispuestas por el artículo 108 de la Ley de Contabilidad - Decreto Ley N° 1757/56, incisos a), necesidad y urgencia natural que en este caso implica toda búsqueda de financiamiento para el cumplimiento de los fines del Estado; c) contrataciones internacionales; y g) especificidad de la materia;

Que el Órgano Rector en materia de Contrataciones verifica el encuadre en la excepción del artículo 108 inciso c) -contrataciones internacionales-, y la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía no formula objeción de índole legal a la presente gestión;

Que a fin de afrontar la presente erogación resulta necesario modificar el presupuesto vigente, habilitando en la Jurisdicción 36. Ministerio de Economía, créditos específicos, con reducción de saldos disponibles en la Jurisdicción 91. Obligaciones a Cargo del Tesoro, por la suma de $ 3.500.000,00 (Pesos Tres Millones Quinientos Mil);

Que la modificación presupuestaria encuadra en el artículo 29° de la Ley N° 12.510 — de Administración, Eficiencia y Control del Estado, Decreto N° 553/01 y modificatorios, ratificado para el presente ejercicio por Decreto N° 0001/16, y la contratación en las disposiciones establecidas en el artículo 2° inciso c) del Decreto N° 3226/05, modificado por Decreto N° 1505/14;

POR ELLO;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto Vigente en el Carácter 1. Administración Central, Jurisdicción 91. Obligaciones a Cargo del Tesoro (Reducción) y en la Jurisdicción 36. Ministerio de Economía (Ampliación), en el Inciso 3. Servicios No Personales por la suma de $ 3.500,000,00 (Pesos Tres Millones Quinientos Mil) en forma compensada, conforme al detalle obrante en planilla Anexa “A” y “B” del presente Decreto.

ARTÍCULO 2°.- Encuádrase la presente gestión en las excepciones previstas en el artículo 108° incisos a), c) y g) de la Ley de Contabilidad — Decreto Ley N° 1757/56; apruébase lo actuado por la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y adjudíquese a favor de las firmas que a continuación se detallan, el servicio de Calificación Crediticia para una futura emisión internacional de títulos públicos por parte del Gobierno Provincial:

- FITCH RATINGS:

Servicio de Calificación Internacional — 1er año (*) U$S 30.000,00

Servicio de Calificación Internacional — años subsiguientes U$S 35.000,00

Honorarios de emisión 3 bps sobre monto de la emisión

(*) A ser acreditado a los Honorarios de Emisión.

- MOODY’S Investors Service:

Servicio de Calificación Internacional — 1er año U$S 30.000,00

Servicio de Calificación Internacional — años subsiguientes U$S 35.000,00

Honorarios de emisión 1,7 bps sobre monto de la emisión


ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Ministerio de -Economía de la Provincia de Santa Fe y/o al Funcionario en quién este delegue, a suscribir los respectivos Contratos y demás documentación que fuera pertinente con las Calificadoras de Riesgo “Fitch Ratings” y “Moody’s Investors Service”, conforme los modelos de contratos que como Anexos “C” y “D” forman parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 4°.- Impútase el gasto que asciende a la suma estimada de $ 1.984.000,00 (Pesos Un Millón Novecientos Ochenta y cuatro Mil), a la partida que se habilita por el artículo 1° del presente Decreto.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

LIFSCHITZ

Lic. Gonzalo Miguel Saglione

NOTA: Se publica sin los anexos correspondientes, pudiéndose consultar en la página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

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