MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0004


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

, 07 FEB 2018

VISTO:

El Expediente N° 02001-0036352-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona el llamado a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe, Ley 13.151, año 2017; y

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, la que se reglamenta mediante Decreto N° 1747/11;

Que, en su artículo 3°, determina que: "El Registro de Mediadores y Comediadores se constituirá en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación";

Que, la reglamentación respectiva establece que el mencionado Registro funcionará en el ámbito de la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales y tendrá a su cargo, entre otras cuestiones, la de "Confeccionar la nómina de mediadores y comediadores habilitados para actuar como tales con las facultades, deberes y obligaciones establecidos por la Ley N° 13.151, su reglamentación y normas complementarias, fijando la sede o sedes de actuación de cada uno";

Que, los artículos 24° y 25° de la Ley N° 13.151 y del Anexo I del Decreto N 1747/11, establecen los requisitos para ser mediador y comediador, así como lo relativo a su acreditación;

Que, por Decreto N° 4688/14 se modifican los artículos 24° y 25° agregándose como requisito para inscribirse al Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia: " ... acreditar como práctica profesional haber participado en dos mediaciones como comediadores a partir de un programa de pasantías que determinaran las instituciones

Formadoras en conjunto con los Centros de Mediación según las pautas que fije la DPDSCI. Asimismo en el primer año de habilitación de la matrícula como mediador deberán acreditar haber intervenido en dos mediaciones gratuitas.”

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE

COORDINACIÓN LEGAL Y

DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe para los nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista desde el día 26 de febrero hasta el 28 de marzo del año 2018, en la forma y los horarios indicados en el Anexo Único de la presente, conforme Resolución N° 0413/11.-

ARTÍCULO 2º: Cumpliméntese el requisito de haber participado en dos mediaciones como comediador mediante constancia extendida por el responsable de la Institución Formadora y/o del Centro de Mediación.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días y archívese.-

Dr. Leandro Maiarota

Sec. de Coord. Legal y de Pol. Judiciales


ANEXO ÚNICO

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CAPACITACIÓN CONTINUA DE MEDIACIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


1.- ALCANCE:

El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el procedimiento de inscripción al Registro de Capacitación Continua en Mediación de la Provincia de Santa Fe.

2.- ETAPAS DE LA INSCRIPCION:

La inscripción constará de las siguientes etapas:

2.1.- Llamado a inscripción: mediante publicación en la página web de la Provincia de Santa Fe, en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días.

2.2. Solicitud de inscripción en sitio web: durante los días 26 de febrero hasta el 28 de

marzo del año 2018, en sitio web www.santafe.gov.ar/mediacion.

2.3.- Presentación y Recepción de documentación: en la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la solución de Conflictos Interpersonales, en el horario de 8 a 13 hs, de cada nodo:

Nodo Santa Fe: Moreno Nº 2752, teléfonos 0342-4619960/4619961, e- mail agemsantafe@santafe.gov.ar.

Nodo Rosario: Av. Pellegrini N° 2015, teléfonos 0341-4728687/4728688, e- mail: agemrosario@santafe.gov.ar.

Nodo Venado Tuerto: Av. Santa Fe N° 770, teléfono 03462-48809, e-mail: agemvenadotuerto@santafe.gov.ar.

Nodo Rafaela: ltuzaingo N° 52, teléfono 03492-453020, e-mail: agemrafaela@santafe.gov.ar.

2.4.- Ponderación de cumplimiento de los requisitos: establecidos por Art. 24° y 25° del Anexo l del Decreto N° 1747/11.-

2.5.- Acreditación o Baja del Registro de Mediadores y Comediadores: mediante disposición fundada de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales

2.6.- Comunicación a los solicitantes de la continuidad o baja del Registro: mediante notificación fehaciente.-

2.7.- Entrega de credencial y modelo de sello, así como registro de firma en la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales de las ciudades de Santa Fe y Rosario, en días y horarios a determinar por la misma.

3.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Los mediadores que soliciten la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe deberán ingresar al sitio web www.santafe.gov.ar/mediacion a fin de cargar sus datos personales, de formación profesional' y de formación y capacitación en mediación, según las indicaciones efectuadas en el sistema. En ese mismo acto, el interesado fijará un correo electrónico, a los fines del sistema de notificaciones electrónicas, previsto en la Resolución Nº 0411/11 -M.J.D.H.-.

Una vez realizada la solicitud de inscripción, la Agencia de Gestión de Mediación enviará un correo electrónico al correo personal fijado, confirmando la recepción del trámite y

solicitando la presentación de la documentación que se detalla más abajo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud de inscripción en el sito indicado, según lo indicado en el punto 2.3.

La documentación deberá presentarse en un sobre que contenga la leyenda "Solicitud de

Inscripción al Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe", con

indicación de la o las Sedes para las cuales se inscribe - "Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos

Interpersonales", seguido del apellido, nombre y tipo y número de documento.

En el interior del sobre deberá incluirse la documentación que a continuación se detalla:

1. Fotocopia certificada documento 1°y2° hoja, y cambio de domicilio si correspondiere

2. Fotocopia certificada del título universitario o terciario

3. Fotocopia certificada del titulo de mediador

4. Fotocopia certificada del Curso de Nivelación y Actualización en Mediación o Taller de Análisis Normativo, según corresponda

5. Dos (2) Fotos Carnet 4x4, fondo blanco

6. Constancia de matrícula vigente en el Colegio Profesional correspondiente

7. Certificado de buena conducta

8. Certificado negativo de Registro de Deudores Alimentarios Morosos

9. Declaración jurada de que no se encuentra incurso en causal de inhabilidad.

Además, aquellos que soliciten su inscripción como MEDIADOR deberán presentar:

10. Constancia de antigüedad en la matrícula profesional correspondiente.

Para aquellos que no posean 3 años de antigüedad en la matrícula profesional, y a los fines de acreditar antigüedad en el ejercicio profesional, certificación expedido por la Institución Pública en donde se haya desempeñado, según lo previsto en el Artículo 24 inc. 1) del Anexo I del Decreto Nº 1747/11.

11. Croquis de la Oficina de Mediación, con carácter de declaración jurada, según lo previsto en la Disposición N° 0063/11 -D.P.D.S.C.I.-.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas estará firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo 1 de 10 o 1/10). La persona que realice la recepción emitirá una constancia firmada y sellada en la que consignará tanto la descripción como la fecha de recepción de la documentación.

Todos los datos denunciados por los solicitantes a inscripción tendrán carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del procedimiento de inscripción.

4.- DISPOSICIÓN FUNDADA SOBRE LA INSCRIPCIÓN:

La aceptación o el rechazo de inscripción en el Registro lo realizará la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales, mediante Disposición, la que deberá ser fundada en base a los recaudos exigidos en la Ley N° 13.151, el Anexo I del Decreto N° 1747/11 y la presente Resolución. En caso de aceptación de la solicitud se procederá a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe en libro foliado y rubricado, integrando asimismo el listado de mediadores o de comediadores, según corresponda, a los fines de proceder a los sorteos y asignación de mediaciones prejudiciales, de conformidad a lo previsto en los artículos 7, 17, 32 y concordantes tanto de la Ley N° 13.151 como del Anexo I del Decreto N° 1747/11.

Asimismo, se procederá a la entrega de la credencial acreditante y el modelo de sello, así como al registro de firma del inscripto en los días y horarios que determine la mencionada Dirección Provincial. En caso de rechazo de la solicitud, no procederá la inscripción salvo que, por acto del superior, una vez tramitadas las vías recursivas pertinentes, se acepte la matriculación. La Disposición será comunicada como se indica en el punto 2.6.

5.- ACTUACIÓN DEL MEDIADOR Y DEL COMEDIADOR INSCRIPTO EN EL REGISTRO DE MEDIADORES Y COMEDIADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE:

El mediador inscripto podrá actuar en todo el ámbito de la 1° y 2° Circunscripción Judicial, debiendo para ello constituir domicilio en la o las Sedes en las cuales actuará y presentar croquis de la oficina de mediación correspondiente para su habilitación, de conformidad a lo dispuesto en la Disposición N° 0063/11 -D.P.D.S.C.I.-, de cada una de ellas.

El comediador también podrá actuar en todo el ámbito de la 1° y2° Circunscripción Judicial debiendo para ello constituir domicilio en la o las Sedes en las cuales actuará.

S/C 21526 Feb. 19 Feb. 20

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MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Diarios “El Litoral” y “El Mirador Provincial”, en fecha MARTES 20 de FEBRERO de 2018, a las siguientes personas:


REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: VERA - LOCALIDAD: TARTAGAL

1.- SANTOS LEON AZAGURY, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la localidad de: TARTAGAL - VERA , identificado como: Lote E Manzana XXIX (29) Plano N.º 17264 Partida Inmobiliaria Nº 02-13-00-015852/0016-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 94 Par F° 334 N.º 36106/1960 Departamento: GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0022812-4, Iniciador :TAIBO MARIA SUSANA.


REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: VERA - LOCALIDAD: LA GALLARETA

2.- “LA GALLARETA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA URBANA ,de la localidad de: LA GALLARETA , identificado como: Lote P o Solar P Manzana 25 Plano N.º 2663/1959 Partida Inmobiliaria Nº 02-03-00-556400/0005-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 102 F° 439 N.º 16582/1969 Departamento: VERA , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052123-8., Iniciador :GONZALEZ NORMA ELIDA.


REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: FLORENCIA

3- OJEDA CATALINO, DEMARTIN SILVIA VIVIANA, DEMARTIN NELCI MARIEL, DEMARTIN GUSTAVO JAVIER, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUAN XXIII N.º 942 ,de la localidad de: FLORENCIA , identificado como:Lote 2 Manzana 133 Bis Plano N.º Dup. N.º 743/2010 Partida Inmobiliaria Nº 03-02-00-012089/0001-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 101 Par F° 304 N.º 12110/1964, Tomo 205 Impar F° 918 N.º 92683/1997, Departamento: GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0028184-6, Iniciador :MORZAN OSCAR ALBERTO.

REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: RECONQUISTA

4.-FRANCISCO JOSE LORENZON, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 87 Nº 733 Y/O MONSEÑOR J. IRIARTE Nº 733 ,de la ciudad de: RECONQUISTA, identificado como: Lote 9 Manzana I Plano Nº 100515/1982: Partida Inmobiliaria Nº 03-20-00-511457/0079-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 79 Impar Fº 96 Nº 12387/1952 ,Tomo 96 Par F° 473 N.º 43888/1961, Tomo 53 F° 457 V O B N.º 5739/1973, Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0075253-9, Iniciador :MONZON RAMON RUBEN.


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: 9 DE JULIO - LOCALIDAD: LOGROÑO

5.- ISABEL BRIONES, MANUEL ZAENZ ó SAENZ, GONZALO ZAENZ ó SAENZ, MELQUIADES ZAENZ ó SAENZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVENIDA DE LOS INMIGRANTES N.º 662,de la localidad de: LOGROÑO , identificado como: Lote VIII (8) Manzana 27 Plano N.º 89742/1979 Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-002699/0008 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 56 N.º 18534/1947, Departamento: 9 DE JULIO, Tomo 33 F° 91 B N.º 4323/1947 Departamento : SAN CRISTOBAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082429-4, Iniciador :.LEDESMA RAMON DOMINGO.


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: SUNCHALES

6.- ARTURO FERNANDO RAUL DIAZ CORNEJO Y HENRY NEIL MACLEAN, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PERU N.º 206 ,de la localidad de: SUNCHALES, identificado como:Lote 9 Manzana 23 Plano N.º 121122/1993 Partida Inmobiliaria Nº 08-11-00-060320/0015-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 351 Impar F° 1859 N.º 50547/1992 Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079293-9, Iniciador :IMHOFF CARLOS DANIEL.

7.- CARNEVALE LIDIA ESTER, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAINEZ N.º 354 ,de la localidad de: SUNCHALES , identificado como:Lote 4 A Manzana III Plano N.º 121074/1993 Partida Inmobiliaria Nº 08-11-00-060801/0026-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 287 Par F° 4502 N.º 99014/1983 Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079294-0, Iniciador :PINO MARIA CRISTINA.

8.- ASOCIACION MUTUAL AYUDA CO.PRO.VI., Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: TACUARI N.º 806 ,de la localidad de: SUNCHALES , identificado como:Lote 9 Manzana 52 A Plano N.º 126345/1997 ,Partida Inmobiliaria Nº 08-11-00-060529/0253-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 383 Impar F° 2050 N.º 102219/1997, Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0080391-4, Iniciador :CROCE SANDRA BEATRIZ.

9.- ASOCIACION MUTUAL AYUDA CO.PRO.VI., , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: J.V. GONZALEZ N.º 861 ,de la localidad de: SUNCHALES , identificado como:Lote 17 MANZANA 52 A Plano N.º 126345/1997, Partida Inmobiliaria Nº 08-11-00-060529/0261-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 383 Impar F° 2050 N.º 102219/1997 Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0080340-8, Iniciador :.JUAREZ MARISEL VICTORIA


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: RAFAELA

10.- ASOCIACION MUTUAL AYUDA CO.PRO.VI., Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GABRIEL MAGGI N.º 1497 ,de la localidad de: RAFAELA , identificado como: Lote 28 Manzana 2 Plano N.º 117904/1990 Partida Inmobiliaria Nº 08-24-02-548503/0060-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 341 Impar F° 2527 N.º 56657/1990, Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084121-3, Iniciador :ZABALA DORA.

11.- ASOCIACION MUTUAL AYUDA CO.PRO.VI., Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:GABRIEL MAGGI N.º 1225 ,de la localidad de: RAFAELA , identificado como: Lote 20 Manzana 2 Plano N.º 117904/1990, Partida Inmobiliaria Nº 08-24-02-548503/0052-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 341 Impar F° 2527 N.º 56657/1990 Departamento: CASTELLANOS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084122-4, Iniciador :DIP JULIA ARGENTINA.

12.- ASOCIACION MUTUAL AYUDA CO.PRO.VI., Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GABRIEL MAGGI N.º 1287 ,de la localidad de: RAFAELA , identificado como: Lote 27 Manzana 1 Plano N.º 117904/1990, Partida Inmobiliaria Nº 08-24-02-548503/0032-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 381 Impar F° 1010 N.º 46016/1997 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084829-4, Iniciador :OCAMPO MIGUEL ANGEL.


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JAVIER - LOCALIDAD: SAN JAVIER

13.- ELISA BARION DE VIERA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIVADAVIA N.º 2629 ,de la localidad de: SAN JAVIER , identificado como :Lote 2 Manzana Plano N.º 34050/1962 Partida Inmobiliaria Nº 04-04-00-020922/0003-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 58 F° 16 N.º 9326/1934, Departamento: SAN JAVIER , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082376-7, Iniciador :GOMEZ LUCIANA SOLEDAD.


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: GARAY - LOCALIDAD: CAYASTA

14.- AZIZ LICHA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: HERNANDARIAS S/N° B° SAN CAYETANO ,de la localidad de:CAYASTA , identificado como:Lote 12 y 13 Manzana G Plano N° 80474/1976 , Partida Inmobiliaria Nº 05-02-00-023174/0424- 4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 99 F° 331 B N.º 30748/1975, Departamento: GARAY , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079083-8, Iniciador :CEJAS SONIA NELIDA.


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LAS COLONIAS - LOCALIDAD: LA PELADA

15.- STEFANICH ANTONIO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN MARTIN S/N° ,de la localidad de: LA PELADA , identificado como:Lote solar C Manzana 21 Plano s/p, Partida Inmobiliaria Nº 09-03-00-080406/0000-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 83 F° 194 N.º 14944/1937 Departamento:LAS COLONIAS , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0083613-0, Iniciador :ABALOS STELLA MARIS.

S/C 21509 Feb. 19 Feb. 21

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CITACION


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 20 DE FEBRERO DE 2018 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


1)Sr/a: JOSEFA CALI DE BETRO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PELLEGRINI 132, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote: 19 Manzana: 2 Plano N°:25552/1937 partida inmobiliaria N°15-04-00 203436/0016 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 80 Folio 477 N° 110547 Departamento:SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005167-7, Iniciador: LIBRERA WALDO ALBERTO.


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


2)Sr/a: SANSON CARLOS MARIA Matrícula Individual 6.175.203, OYOLA ANA MARIA Matrícula Individual 9.968.682 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GENERAL LOPEZ 99, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 20A Manzana: C Plano N°:61488/1970, partida inmobiliaria N°15-04-00 202135/0008 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 261 Folio 388 N°332950 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005286-1, Iniciador: GRAMMATICO SILVANA ANDREA.


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


3)Sr/a: CARLOS ADOLFO DUPUY Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SARMIENTO 1405, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 1 Manzana: C Plano N°:105925/1951, partida inmobiliaria N°15-04-00 203810/0029 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 91 Folio 336 N° 91680 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0005284-9, Iniciador: BUTTICE SILVIA NOEMI.


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


4)Sr/a: MARIO ENRIQUE DELIZIA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 12 DE OCTUBRE 2275, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 9 Manzana:E Plano N°:33120/1966, partida inmobiliaria N°15-04-00 203770/0034 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 168 Folio 215 N° 144243 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005214-8, Iniciador: FLORES HUGO ORLANDO.


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


5)Sr/a SEGUNDO RICO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ITUZAINGO 2455, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote:32 Manzana:32 Plano N°: 2552/1937 partida inmobiliaria N° 15-04-00 203711/0005 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo: 112 Folio:400 N°73520 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005217-1, Iniciador: ALVAREZ EDGARDO OSCAR.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


6)Sr/a: NICOLAS OBISPO DEL VALLE Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PELLEGRINI 271( EX INGLATERRA), de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote: 10 Manzana:10 Plano N° 2552/1937 partida inmobiliaria N°15-04-00 203522/0000 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo: 71 Folio:449 N° 80839 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005215-9, Iniciador: ARIZA OSVALDO ALEJANDRO.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


7)Sr/a: EUSEBIA TELECHEA DE CASAIS Matrícula Individual LC 6.223.353/ ALDO FABIAN CASAIS Y TELECHEA / OLGA BEATRIZ CASAIS Y TELECHEA / CARLOS ALBERTO CASAIS Y TELECHEA Matrículas individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GORRITI 1244, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote:21 Manzana:P Plano N° 5650/1954 partida inmobiliaria N°15-04-00 203814/0275 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:239/439/TDH Folio:22/135 N° 180195/110657 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005174-7, Iniciador: DZUMIGA GRACIELA LILIANA.


REGION IV - NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


8)Sr/a: LUIS NORBERTO OYHARBIDE / ARIA ROSA CASALS DE OYHARBIDE Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:BAIGORRIA 355, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote17 Manzana: D Plano N°:20965/1958 partida inmobiliaria N°15-04-00 203816/0181 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 134 Folio 500 N° 121634 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005224-1, Iniciador: RAMIREZ JUAN PABLO.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


9)Sr/a:FEDERICO RUBEN OTERO Matrícula Individual 14.023.030, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIOJA 1314 , de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 14 Manzana: D Plano N°:5650/1954 partida inmobiliaria N°15-04-00 203814/0231 y cuyo dominio obra inscripto en Matrícula 15-2715 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005170-3, Iniciador: MORE ADRIAN ANIBAL.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


10)Sr/a FELIPE ANTONIO ROSANO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:RICHIERI 605, de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 9 Manzana: C Plano N°:20965/1958 partida inmobiliaria N°15-04-00 203816/0078 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 132 Folio 464 N° 83638 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005386-0, Iniciador: FIRPO GISELA VANESA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


11)Sr/a:MARIA REKOSKI Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DOMINGO BORGHI 79 , de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 12 Manzana: B Plano N°:66804/1971 partida inmobiliaria N°15-04-00 203841/0026 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 190 F° 133 N° 126247 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005223-0, Iniciador: VALDEZ CARINA ANDREA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


12)Sr/a:EDUARDO CARO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PUEYRREDON 586 , de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 20 Manzana: H Plano N°:20965/1958 partida inmobiliaria N°15-04-00 203816/0279 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 129 F° 209 N° 104807 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005289-4, Iniciador: OJEDA LILIANA NOEMI.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


13)Sr/a: ROBERTO VITAL FORNACERO Matrícula Individual LE 2.449.363, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CARLOS LELEU 465 , de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 12 Manzana: F Plano N°:20965/1958 partida inmobiliaria N°15-04-00 203816/0136 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 146 F° 28 N° 55845 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005396-3, Iniciador: CASADO JUSTA DEL CARMEN.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD FRAY LUIS BELTRAN


14)Sr/a: OSCAR JOSE BERLASSO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PELLEGRINI 687 , de la ciudad de FRAY LUIS BELTRAN identificado como: Lote 16 Manzana: 28 Plano N°:25552/1937 partida inmobiliaria N°15-04-00 203674/0001 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 196 F° 442 N° 134962 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005141-5, Iniciador: EIXARCH GRACIELA SUSANA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ


15)Sr/a: CIDELO S.R.L Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL CHAJA 337 , de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote 2 Manzana: 5 Plano N°:57480/1969 partida inmobiliaria N°16-06-00 339560/0792 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 319A F° 715 N° 102363 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005373-4, Iniciador: ROMERO JULIA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ


16)Sr/a: CIDELO S.R.L Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL JILGUERO 363 , de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote 6 Manzana: VIII Plano N°:67486/1971 partida inmobiliaria N°16-06-00 339561/0286 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 336B F° 1013 N° 145226 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005325-1, Iniciador: JACQUET IRIS PORFIRIA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ


17)Sr/a: CIDELO S.R.L Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL JACARANDA 192 , de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote 19 Manzana: C Plano N°:67486/1971 partida inmobiliaria N°16-06-00 339560/0500 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 336B F° 1013 N° 145226 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005375-6, Iniciador: TAFFURELLI MIGUEL ANGEL.


REGION IV – NODO ROSARIO


DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ


18)Sr/a: CIDELO S.R.L Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALGARROBO 334 , de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote m Manzana: 6A Plano N°:72147/1972 partida inmobiliaria N°16-06-00 339561/0164 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 336B F° 1013 N° 145226 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005035-7, Iniciador: VEGA JOSE PASCUAL.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ


19)Sr/a: SANTIAGO BARZOLA Matrícula Individual 2.797.206, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PERITO MORENO 367 , de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote 27 Manzana: 11 Plano N°:57480/1969 partida inmobiliaria N°16-06-00 339560/0209 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 391 F° 279 N° 119571 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005022-1, Iniciador: ORTIZ TEOFILO.

S/C 21554 Feb. 19 Feb. 21

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 60


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

09/02/2018

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3270/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: COVIDEX S.R.L. CUIT N.º 30-71191853-8; VALERI RAÚL CUIT N.º 20-16879735-5.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “BRONDINO HNOS.” de BRONDINO, DAMIÁN CÉSAR LAUREANO CUIT N.º 20-33105410-1; LAFEDAR S.A. CUIT N.º 30-68107138-1; MERCOTEX S.A. CUIT N.º 30-65959190-8; UNIDEM S.A. CUIT N.º 30-61038240-8.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 21531 Feb. 19 Feb. 20

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TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCIÓN N° 0018 / 18 - TCP

SANTA FE, 9 de febrero de 2018

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0078449-4 y agregado Nº 00901-0080020-8 del Sistema de Información de Expedientes – Tribunal de Cuentas de la Provincia; relacionado con la aplicación de la Resolución N° 0028/05 TCP cuando se producen cambios de agentes o funcionarios obligados a rendir cuenta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 216° de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, en su primer párrafo establece lo siguiente: “El obligado a rendir cuentas que cesa en sus funciones, no queda liberado de la jurisdicción del Tribunal de Cuentas, hasta tanto haya sido aprobada la rendición de cuentas de su gestión”;

Que, asimismo, el segundo párrafo del texto legal mencionado en el párrafo precedente dispone que: “Cuando se produce un cambio de agente o funcionario obligado, debe practicarse un arqueo y formalizarse un acta con intervención del responsable de la unidad de auditoría interna y, en su caso, del reemplazante. El incumplimiento genera responsabilidad solidaria del del agente o funcionario entrante y saliente”;

Que, la citada Resolución N° 0028/2005- TCP reglamentaria del artículo 207° de la Ley de Contabilidad (Decreto- Acuerdo Nº 1757/56), se continúa aplicando atento que la ley vigente no modifica las condiciones para el caso de cese en las funciones de los obligados a rendir cuentas;

Que, en este contexto, se entiende conveniente readecuarla, dictando un nuevo cuerpo normativo, que reglamente las normas que deben ser observadas para el cumplimiento de las disposiciones del artículo 216º de la Ley Nº 12510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

Que, resulta oportuno además establecer formalmente el procedimiento interno a seguir, el que será comunicado mediante Memorando SAP a cada uno de los estamentos intervinientes en la aplicación de la presente normativa;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 200° inciso g) de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; y conforme con lo resuelto en Reunión Plenaria realizada el 09-02-2018 y registrada en Acta Nº 1565;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Artículo1º: El Acta a suscribir entre el agente o funcionario entrante y saliente con intervención del responsable de la Unidad de Auditoría Interna, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 216° de la Ley de Administración Eficiencia y Control del Estado N° 12510, deberá contener como mínimo la siguiente información:


a. acto administrativo que dispuso el cese en la función

b. fecha real de cese

c. arqueo de fondos y valores practicado

d. detalle de los cargos pendientes de rendición de cuentas

e. documentación administrativa que obrara bajo directa responsabilidad del saliente

f. todo otra circunstancia o situación que consideren relevante hacer constar

Artículo 2º: El Acta a que alude el artículo anterior deberá formalizarse en el término de 2 (dos) días a partir de la fecha del efectivo cese en las funciones del responsable saliente.

Artículo 3º: Ante el incumplimiento por parte del responsable que cese, el titular de la repartición dispondrá de oficio, la realización del Acta con intervención del sustituto o reemplazante y con la supervisión del responsable de la Unidad de Auditoría interna y/o del Servicio Administración Jurisdiccional.

Artículo 4º: En caso de fallecimiento de un responsable o de ausencia de larga duración, se procederá conforme lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 5º: El responsable saliente deberá presentar la rendición de cuentas de los fondos invertidos por cargos no rendidos referentes a su gestión y anteriores si correspondiere, conforme el detalle realizado en la respectiva Acta, en el plazo de 20 (veinte) días desde la finalización de su función.

Artículo 6º: A tal fin la repartición deberá permitirle el acceso a toda la documentación e información necesaria para la elaboración de las respectivas rendiciones. Si tal acceso le fuese denegado deberá comunicarlo al Tribunal de Cuentas, el que requerirá al titular de la misma su presentación o la adopción de medidas que garanticen el debido proceso de rendición.

Artículo 7º: En todos los casos en que no resulte posible la formación de la cuentas de conformidad a la legislación vigente, se procederá de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Nº 017/11-TCP (Anexo I – primer párrafo criterio interpretativo).

Artículo 8º: Los documentos que se suscriban como consecuencia de lo dispuesto por los Artículos precedentes serán remitidos a la Delegación Fiscal del Tribunal de Cuentas de la Provincia y constituirán elemento de juicio a los fines de determinar responsabilidades renditivas.

Artículo 9º: Abrógase la Resolución N° 028/2005 TCP y toda otra disposición que se oponga a la presente.

Artículo 10º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en los sitios Web, de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gob.ar y del Gobierno de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar; comuníquese vía Novedades Intranet TCP a los estamentos internos; a la Subdirección General de Documentación y Archivo General para la actualización de la reglamentación; por las Delegaciones Fiscales respectivas se les hará saber a las Jurisdicciones controladas, que tomen conocimiento del presente acto en la página web institucional, y; luego, archívese.

CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.

Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.

CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.

CPN María Cristina Ordíz-Vocal Subrogante.

CPN César Cecchini-Vocal Subrogante.

CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos de Plenario.

S/C 21535 Feb. 19 Feb. 21

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EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. Ex- Coordinadora General Local del Ministerio de Salud, Licenciada Adriana Restivo, que en auto caratulado: Expediente Nro. 00901-0074609-2 SIE -TCP, s/ Resolución de Formulación de Cargo S II Nº 1052 de fecha 26/12/2017, referida al Balance de Movimiento de Fondos del Ministerio de Salud, correspondiente al período Julio a Septiembre de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Formular cargo a la Coordinadora Gestión Financiera y Pagos del Ministerio de Salud: Sra Teresa M. Anganova y a la Coordinadora General Local: Licenciada Sra Adriana Restivo, por la suma de $ 30.315,59.- (pesos treinta mil trescientos quince con cincuenta y nueve centavos), según lo establecido por Resolución nº 048/03 T.C.P y su modificatoria la Resolución R 10 TCP de fecha 01/03/2016 y conforme surge del Anexo II que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º: Intimar a los nombrados responsables para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, procedan a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado conforme a lo dispuesto por el artículo 224° de la Ley N° 12.510. Dicho importe deberá depositarse en la Cuenta Oficial Nº 599-0009001/04 Rentas Generales. Artículo 3º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto” (artículo 238º de la Ley Nº 12.510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 006/06 y su modificatoria Resolución R Nº 0013/16 TCP). Artículo 4º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.- Firmado: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Dalmacio Juan Chavarri –Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II. ”.

S/C 21537 Feb. 19 Feb. 20

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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Resolución de la Sra. Delegada regional - Delegación San Lorenzo - Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- hago saber a la Sra. Gabriela Alejandra Leal, DNI se desconoce que dentro del legajo administrativo LEAL LAZARO SAID s/ medida Excepcional - Ley 12.967” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente Disposición N° 80/17 que a continuación se transcribe: “San Lorenzo 24 de diciembre de 2017, Por medio de la presente me dirijo a Ustedes a efectos de hacerles saber que en las actuaciones administrativas: “Lazaro Leal s/ medida de protección excepcional de derechos.” de tramite por ante el Equipo Interdisciplinario de la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y familia de la Segunda Circunscripción; se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente acompañándose copia certificada conforme a lo dispuesto por el art. 61 del Dto. Reglamentario nº 619/10: San Lorenzo 24 de Diciembre del 2017. Disposición N° 80/17 DISPONE: 1) Adoptar la Medida Excepcional de Protección de Derechos en relación a las niños Lazaro Leal, DNI 54.987.311, fecha de nacimiento 23/10/14, Leal Camilo DNI: 52.692.509, FN 27/07/2012 y hijos de la Sra. Gabriela Alejandra Leal, y Osan Mailín Fernanda DNI: 49.825.177, fn 8/01/10 hija de la Sra. Gabriela Alejandra Leal, con último domicilio conocido en calle Santa Cruz entre Ayohuma y Gutemberg (familia Trinidad) de San Lorenzo y de Osan Luis Alberto con domcilio en Presidente Roca y Artigas de San Lorenzo; consistente en la separación temporal de sus centro de vida y sus permanencia temporal en el marco de familia ampliada, por un plazo de 90 días sin perjuicio de la prórroga de acuerdo a lo establecido en el art. 52 inc A. de la Ley Provincial nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario 2) Disponer se notifique dicha medida a los representantes legales y/o a los guardador es de la niña; y la progenitora de los niños3) DISPONER que se notifique asimismo la adopción de la presente Medida de Protección Excepcional de Derechos y SOLICITAR el control de legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia que corresponda, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967.-4) Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.-


Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza, asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10

ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.-

ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.-

ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.

ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas.

ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 21553 Feb. 19 Feb. 21

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