TRIBUNAL COLEGIADO


POR

JORGE VACCHINO


Por disposición Sr. Juez Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, la Actuaría infrascripta hace saber: En autos FARINA. Alberto Luis s/Otra s/Liquidación Sociedad Conyugal-expte. 3012/2007, se ha dispuesto que el Martillero Jorge Vacchino venda en pública subasta el día 30 de octubre del año dos mil doce a las 10 hs. en las puertas del Juzgado Comunal de la localidad de Funes el inmueble que se describe: Un lote de terreno designado con el Nº “19” de la manzana 12 del plano N° 23920/1959, que de acuerdo al mismo se encuentra ubicado en calle Miramar entre la calle La Yerra y Siluinduray, a los 30 m. de esta última hacia el Este, y mide: 10 m. de frente al Norte por donde linda con calle Miramar; 49m de fondo en su costa Este, por donde linda con el lote 18; 10 m de contrafrente al Sur, por donde linda con parte del lote 22 y 40 m en su costado Oeste, por donde linda con el lote 20 todos de la misma manzana y plano, encerrando una superficie de 400 m2. Dominio Inscripto al Tomo: 486- Fº 208- N° 123382. Informe del Registro General. Sobre el titular no surgen embargos, hipotecas ni inhibiciones. Surge una Inhibición sobre Sosa, Stella Maris anotada al Tº 120 I- Fº 12568- N° 420369 de fecha 22/12/2008 por $ 9.500 - orden Juzgado Federal Nº 2 Secretaría B de Rosario s/expte. 10701/2003 Oficio 1906 del 19/11/2008 carátula B.N.A. c/ Otros s/ Ejecutivo. Condiciones de Subasta: Los impuestos, tasas y servicios, actualización de planos, aclaración de escritura y gastos escrituración, I.V.A. si correspondiere a cargo exclusivo del comprador. Se fija como única Base la suma de $ 80.000.- sin retasa y en el estado de ocupación obrante en autos. El comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10% de su compra más la comisión de ley al Martillero, todo en dinero efectivo. El saldo de precio al aprobarse la subasta, se depositará en una cuenta que se abrirá para estos autos, Publíquense edictos de remate por tres días en el BOLETIN OFICIAL. Ofíciese al Sr. Juez Comunal de la localidad de Funes y/o su reemplazante para que presida el acto de subasta, otorgándosele todas las facultades de ley. Copia de títulos en autos, así como también copia de planos, no admitiéndose reclamos por falta, insuficiencia o deficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Dado, sellado y firmado en el salón de mi público despacho, a los días del mes de octubre del año dos mil doce. Dra. María Gracia Paoletti, secretaria subrogante.

$ 415 181569 Oct. 18 Oct. 22

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARCELO ROLDAN


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados “DABOVE SERGIO FABIAN c/VEGA STELLA MARIS s/INCIDENTE DE APREMIO” (Expte. 1015/10), se ha dispuesto que el Martillero Marcelo Roldan remate en pública subasta el próximo día 26 de Octubre de 2012, a las 12:30 hs. en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Villa Gobernador Gálvez, sobre la base de $ 17.750.- seguidamente si no hubiere postores con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados sin base y al mejor postor, ello en un solo acto, los derechos y acciones hereditarios correspondientes a los demandados en autos, de lo siguiente: “Las dos terceras partes indivisas de un lote de terreno situado en la localidad de Villa Diego, Distrito de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, de esta Provincia, designado como lote 9 de la manzana 2, en el plano de subdivisión archivado bajo el Nº 35218/63 y de acuerdo al mismo se encuentra ubicado en calle República, entre las calles Santiago del Estero y Maipú, a los 48 m. de calle Santiago del Estero hacia el Sur, mide: 9 m. de frente al Este, por 24,103 m. de fondo en su lado Norte, 24,51 m. en su lado Sur. Lindando: al Este con calle República, al Norte con el lote 8, al Sur con el lote 10 y al Oeste con fondos del lote 29. Encierra una superficie de 216,693 m2. Su Dominio consta inscripto al Tomo: 362 D Folio 259, Nº 121933 Departamento Rosario. Embargos: I) 121 E, Fº 1353, Nº 334079, en los autos caratulados “Dabove Sergio Fabián c/Vega Stella Maris s/Incidente de Apremio” (Expte. 1015/10) en el Juzgado de Distrito C. y C. de la 17ma. Nominación de Rosario por $ 26.587.55.- de fecha 26/04/12.- II) 120 E, Fº 2030, N° 336709, en los autos caratulados “Botto Dardo Sergio c/Vega Martín Oscar, s/Apremio” (Expte. 315/10) en el Juzgado de Distrito C. y C. de la 17ma. Nominación de Rosario por $ 52.830,70.- de fecha 17/05/11- No registra inhibiciones ni hipotecas. El bien saldré a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 20% del importe total de la compra y la comisión de ley al Martillero actuante (10%) en efectivo y/o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble y que no se aceptarán mejoramiento de ofertas inferiores a $ 500.- Con relación al saldo del precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el termino de cinco días. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del C.P.C.C. Atento que las comunicaciones “A” 5147 y “A” 5212 del BCRA determinan que los cobros y pagos de depósitos judiciales superiores a $ 30.000.- y como lo ordenara la CSJSF en el mismo sentido, si por el bien a rematarse se consiguiera un precio superior a dicho importe, el martillero y/o comprador deberán realizar el deposito judicial del precio mediante transferencia electrónica en una cuenta a abrirse en el Banco Municipal de Rosario. Sucursal Caja de Abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C. Se hacer saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del C.P.C.C. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuestos provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc; f. Código Fiscal). Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Secretaría, Septiembre 27 de 2012. Ricardo J. Lavaca, secretario.

$ 902,88 181564 Oct. 18 Oct. 22

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POR

MARCELO ROLDAN


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados “BOTTO DARDO SERGIO c/VEGA MARTIN OSCAR s/APREMIO” (Expte. 315/10), se ha dispuesto que el Martillero Marcelo Roldan remate en pública subasta el próximo día 26 de Octubre de 2012, a las 12:30 hs. en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Villa Gobernador Gálvez, sobre la base de $ 17.750.- seguidamente si no hubiere postores con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados sin base y al mejor postor, ello en un solo acto, los derechos y acciones hereditarios correspondientes a los demandados en autos, de lo siguiente: “Una tercera parte indivisa de un lote de terreno situado en la localidad de Villa Diego, Distrito de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, de esta Provincia, designado como lote 9 de la manzana 2, en el plano de subdivisión archivado bajo el Nº 35218/63 y de acuerdo al mismo se encuentra ubicado en calle República, entre las calles Santiago del Estero y Maipú, a los 48 m. de calle Santiago del Estero hacia el Sur, mide: 9 m. de frente al Este, por 24,103 m. de fondo en su lado Norte, 24,51 m. en su lado Sur. Lindando: al Este con calle República, al Norte con el lote 8, al Sur con el lote 10 y al Oeste con fondos del lote 29. Encierra una superficie de 216,693 m2. Su Dominio consta inscripto al Tomo: 362 D Folio: 259, Nº 121933 Departamento Rosario. Embargos: I) 121 E, F: 1353, Nº 334079, en los autos caratulados “Dabove Sergio Fabián c/Vega Stella Maris, s/Incidente de Apremio (Expte. 1015/10) en el Juzgado de Distrito C. y C. de la 17ma. Nominación de Rosario por $ 26.587,55.- de fecha 26/04/12.- II) 120 E, Fº 2030, Nº 336709, en los autos caratulados “Botto Dardo Sergio c/Vega Martín Oscar, s/Apremio” (Expte. 315/10) en el Juzgado de Distrito C. y C. di la 17ma. Nominación de Rosario por $ 52.830,70.- de fecha 17/05/11- No registra inhibiciones ni hipotecas. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 20% del importe total de la compra y la comisión de ley al Martillero actuante (10%) en efectivo y/o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble, y que no se aceptarán mejoramiento de ofertas inferiores a $ 500.- Con relación al saldo del precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos le opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del C.P.C.C. Atento que las comunicaciones “A” 5147 y “A” 5212 del BCRA determinan que los cobros y pagos de depósitos judiciales superiores a $ 30.000.- y como lo ordenara la CSJSF en el mismo sentido, si por el bien a rematarse se consiguiera un precio superior a dicho importe, el martillero y/o comprador deberán realizar el deposito judicial del precio mediante transferencia electrónica en una cuenta a abrirse en el Banco Municipal de Rosario. Sucursal Caja de Abogados, a la orden de este juzgado y para estos autos, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C. Se hacer saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del C.P.C.C. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), I.V.A. si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional-a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuestos provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. Código Fiscal). Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Secretaría, Septiembre 27 de 2012. Ricardo J. Lavaca, secretario.

$ 901,56 181567 Oct. 18 Oct. 22

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POR

MARCELO EDMUNDO POLIOTTI


Por disposición Sr. Juez de 1ª Inst. de Dist. Civ. y Com. de la 15° Nominación de Rosario Secretaria del autorizante se dispone en autos caratulados “BANCO HIPOTECARIO S.A. c/OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA” Expte. Nº 920/07, que el Martillero Marcelo Edmundo Poliotti C.U.I.T 20-12112569-3 y con oficina en la calle Corrientes 964 P.B. Of. 2 de Rosario, venda en pública subasta, el día 23 de Octubre de 2012 a las 15:00hrs. en la Asociación de Martilleros, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario, el siguiente inmueble: “Las parte proporcional y proindivisa del terreno y bienes comunes y la totalidad de la Unidad “Dos”- guarismos Cero Cero - Cero Dos (00-02), del edificio ubicado en esta ciudad en calle Ecuador 1728/1732/1738/1742 con entrada exclusiva por la puerta señalada con el número 1732 de la calle Ecuador, y se compone de galena, living-comedor, dos dormitorios, cocina, baño, paso y patio de uso exclusivo, con una superficie de propiedad exclusiva de 39,78 metros cuadrados y 52,96 metros cuadrados de bienes comunes; de los cuales 16,25 metros cuadrados son de uso exclusivo, con un total general de 92,74 metros cuadrados, comprendiéndole un valor proporcional del 11 por ciento con relación al total del conjunto del inmueble”- Dominio Inscripto al Tomo 804; Folio 388; Número 148627 - Dpto. Rosario.- La Base de $ 24.000,62, Retasa del 25% $ 18.000,46 y última Base 20% de la Base $ 4.800,12. Informe del Registro de la Propiedad: Dominio: consta el dominio, Hipotecas: Tomo 398A Folio 190 Número 147742, de fecha 29/10/1987 por australes 8.640,00.- Embargos: No Posee.-Inhibiciones: No Posee.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta el 10% de seña a cuenta precio total, más la comisión de ley del 3%, todo en dinero efectivo o cheque certificado. El saldo se completará una vez aprobada la subasta por el Tribunal. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000.- no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse el pago mediante cheque certificado, cheque cancelatorio, o en su defecto se deberá acreditar un depósito por dicho monto, previo al día de subasta, en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Solo se admitirá la compra “en comisión” cuando se denunciare nombre, domicilio y Nº de documento del comitente en el acta de remate. Los impuestos, tasas, contribuciones serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. Juntamente con contribuciones de mejoras, honorarios profesionales y gastos de escrituración. Además los gastos de sellado y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nueva mensura, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que consta en autos. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del C.P.C.C. Efectúese las comunicaciones del Art. 506 del C.P.C., librándose los despachos pertinentes, con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, sin perjuicio de lo dispuesto por el Art. 503 del C.P.C. Se fijan los días 19 y 22 de octubre de 2012, en el horario de 10:00hrs. a 12:00hrs. para la exhibición del inmueble.- Corresponde al demandado D.N.I. 7.862.680- Todo lo que se hace saber a sus efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 12 de Octubre de 2012.- Fdo Dr. Hernán C. Gutiérrez Secretario.

$ 640 181614 Oct. 18 Oct. 22

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POR

EDUARDO ALBERTO ROMERO


Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial 2ª Nom. Rosario el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: TRILLAS, PERLA MABEL y OTRO c/OTROS s/EJECUCION HIPOTECARIA Expte.741/12), se ha dispuesto que el martillero Eduardo A. Romero (Mat. 723-R-50, D.N.I. 13.255.039), venda en pública subasta al último y mejor postor en las Puertas del Juzgado Comunal de Alvarez, el día 25 de Octubre de 2012 a las 11 hs., el siguiente inmueble; Un lote de terreno con lo en él existente, situado en la localidad de Alvarez distrito Alvarez, Depto. Rosario, Prov. de Santa Fe, designado como lote “I” de la manzana nº 79 en el plano archivado en la Dir. Gral. de Catastro Delegación Rosario, Dpto. Topográfico de la Prov. bajo el n° 96851/78, según el cual está ubicado en calle Necochea entre las calles Salta y Bv. Belgrano, a los 19,85 ms. De este último hacia el NO, Se compone de 12 ms. de frente al NE por 25 ms. De fondo, lo que forma una sup. Total de 300 ms.2, lindando al NE con calle Necochea, al SE con Orlando Pistelli y al SO y NO con lote 11, todos del plano citado y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T° 424 F° 177 Nº 160406 Depto. Rosario, a nombre de los demandados, L.E. 5.986.524 y L.C. 1.510.984, registrándose, una hipoteca a favor de la actora, inscripta al Tº 539 B F° 279 Nº 337881 del 23.05.97 en 1er. grado, por U$S 4.900.- s/Esc. nº 109 de fecha 08.04.97 pasada por ante Esc. Aristides E. Fuster y Registro, no constando embargos ni inhibiciones— En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 45.648,78.-(a.i.i. ), y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir la falta de postores finalmente con una base equivalente al 20% del avaluó inmobiliario, adjudicándose al último y mejor postor quien deberá abonar en el acto de la subasta el 30% del precio de su compra y como a cuenta del mismo con más la comisión de ley al martillero, todo en dinero efectivo en pesos y/o cheque certificado y/o cancelatorio, debiendo abonar el saldo dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, y bajo los apercibimientos previstos en el art. 497 del C.P.C. Se vende en las condiciones de ocupación que consta en autos si constatación efectuada (Desocupable Art. 504 C.P.C.C.) y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas y contribuciones adeudadas son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere.- Las ofertas no podrán ser inferiores en subasta a $ 500.- En autos se encuentran copias del titulo de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos, hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acta de subasta. Siendo a cargo del martillero actuante el cumplimiento de la comunicación “A” 5147 del 23.11.10 bajo apercibimiento que la infracción a la normativa vigente será comunicada por el martillero a la A.F.I.P., por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, Octubre de 2012.- Liliana Carmen Reynoso, secretaria.

$ 492 181583 Oct. 18 Oct. 22

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