DECRETO N° 1710;


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

27 de Junio de 2018;

VISTO:

El Expediente N° 02401-0003555-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se propicia en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Energía, la aprobación de una nueva versión del programa PROSUMIDORES y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1565 de fecha 30 de Junio 2016, se creó el programa PROSUMIDORES cuyo objetivo consistió en fomentar la adquisición de equipos de energía renovable con las prestaciones técnicas que cumplan con el procedimiento de interconexión de la Empresa Provincial de la Energía (EPE)- aprobado por Resolución 442/13;

Que para incentivar esas instalaciones, se aplicó un incentivo monetario sobre la tarifa de la Empresa Provincial de la Energía con el fin de facilitar el repago de los sistemas con una duración de ocho años a partir del ingreso a dicho programa;

Que, se propone una nueva versión, en la que se contempla mayor cantidad de beneficiarios, ampliación de potencias instaladas y la actualización en el tiempo del incentivo monetario con una vigencia de seis años (punto 3- programa agregado de fs. 3/6);

Que, respecto de quienes hayan adherido al programa Prosumidores aprobado por Decreto 1556/16, tendrán la posibilidad de adherirse a la nueva versión, respetándosele el plazo de vigencia previsto en aquel. Dicha voluntad, deberá ser puesto formalmente en conocimiento de la Secretaría de Estado de la Energía- punto 9 (programa);

Que, la gestión - ampliatoria y complementaria del procedimiento establecido por Resolución Nº 442/13 de la Empresa Provincial de la Energía, contribuye a cumplir con los objetivos previstos por leyes nacionales y provinciales.

Que, por Ley Nacional N° 27.191 se establece que para el año 2017, el 8% de la matriz nacional de energia eléctrica sea aportada por fuentes de energias renovables y alcanzar el 20% en el año 2025;

Que en el mismo sentido, la Ley Provincial N° 12.503, declara de interés provincial la generación y el uso de energías alternativas o blandas a partir de la aplicación de las fuentes renovables en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe, entendiendo por energías renovables, alternativas o blandas, a todas aquellas que se producen naturalmente, en forma inagotable y sin ocasionar perjuicio al equilibro ambiental;

Que, el presupuesto para el primer año de funcionamiento es de $ 8.713.914,00 (PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 00/100), importe que se atenderá con los fondos provenientes del cargo creado por el Art. 11° de la Ley Nº 12.692;

Que, presta conformidad la Sra. Secretaria de Estado de la Energía;

Que, la Dirección General de Administración informa que no corresponde imputación presupuestaria del gasto debido a que el importe que demande la promoción del Programa se deducirá del monto que transfiere la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe en concepto del cargo Ley 12.692;

Que, se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de la Energía mediante Dictamen Nº 444/18;

Que, ha tomado intervención la Gerencia Comercial de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, haciendo lo propio el Sr. Gerente General y Gerente de Asuntos Jurídicos de la citada empresa;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO Nº 1: Apruébase la nueva versión de PROSUMIDORES, cuyos objetivos, beneficiarios y condiciones específicas constan en el Programa que como “Anexo I” forma parte integrante del presente.

ARTICULO Nº 2: Modificase en todos sus términos el Programa Prósumidores aprobado por Decreto 1556/16, sin perjuicio de los derechos de quienes hayan adherido a dicho régimen, para quienes mantendrá su vigencia en todos sus términos.

ARTICULO Nº 3: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, en el marco de las atribuciones emanadas del Decreto Nº 3184/12.

ARTICULO Nº 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

LIFSCHITZ

Dr. Pablo Gustavo Farias

Nota: La publicación sale sin el Anexo pudiéndose consultar en la Página Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

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