MINISTERIO DE

LA PRODUCCION


RESOLUCIÓN N° 1002


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” , 11 OCT 2017


Visto el Expediente Nº 00701-0107464-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones las Unidad de Coordinación Cadena de Valor del Mueble y la Madera, informa que desde el año 2013 funciona el Equipo Técnico Forestal Interinstitucional -ETFI-, formalizándose el mismo en el año 2015, como ámbito de construcción colectiva para el abordaje de la temática forestal, sustentado en acuerdos y actas de colaboración entre el Ministerio de la Producción y distintas instituciones con incumbencia en la materia;

Que como parte de un proceso, dicho espacio ha ido consolidándose y enriqueciéndose con la incorporación de nuevos actores institucionales;

Que las instituciones comparten objetivos de promover y fortalecer el desarrollo forestal sustentable, coincidiendo en la conveniencia de fomentar oportunidades de acciones conjuntas que sean conducentes a estos fines;

Que en función de las sucesivas incorporaciones resulta necesario revalidar ministerialmente esta mesa técnica colectiva, como ámbito institucional para el asesoramiento y colaboración en pos de la implementación de las políticas forestales;

Que la Visión Estratégica del Gobierno de la Provincia es la de “Avanzar hacia una Santa Fe Forestal”, con una mirada integrada de lo productivo y lo ambiental, promoviendo la forestación para revalorizar al árbol como elemento ordenador del territorio, alternativa productiva y proveedor de servicios ambientales;

Que esta iniciativa de reconocimiento ministerial fue acordado en el ámbito del Equipo Técnico Forestal Interinstitucional -ETFI-;

Que siendo en la actualidad las instituciones participantes las que se listan en el Anexo Único, queda abierta la invitación a otros actores interesados en sumarse, en pos del fortalecimiento y desarrollo de equipos de trabajo interdisciplinarios;

Por ello y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho de la Jurisdicción,-

EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Otorgar reconocimiento ministerial al Equipo Técnico Forestal Interinstitucional -ETFI- como Consejo Forestal de la Provincia de Santa Fe, organismo asesor y de consulta del Ministerio de la Producción.-

ARTÍCULO 2º.- El mismo funcionará en la órbita del Ministerio de la Producción, coordinado por el Centro Operativo Forestal Santa Fe – COF Santa Fe – Vivero Provincial – que ejercerá la Secretaría y la Sede Administrativa, teniendo la responsabilidad de las convocatorias, comunicaciones y resguardo de toda la documentación que demande el funcionamiento del ETFI y de actuar como nexo entre todos los miembros.-

ARTÍCULO 3º.- El ETFI tendrá entre sus objetivos:

a) Asesorar, colaborar y promover la realización de acciones que conduzcan al desarrollo estructural del sistema forestal y foresto-industrial de la Provincia de Santa Fe, a la promoción de la actividad forestal, al manejo sustentable de los bosques y a la diversificación y fortalecimiento del arbolado público urbano y rural;

b) Fortalecer el desarrollo tecnológico forestal en la Provincia de Santa Fe, para el aprovechamiento, conservación y manejo sustentable de los bosques nativos y cultivados, a través de acciones interinstitucionales;

c) Propiciar la adopción de medidas que estimulen a los productores a incorporar a la actividad forestal como alternativa productiva;

d) Fomentar la realización de capacitaciones, exposiciones, conferencias, actividades de difusión, investigación, extensión;

e) Sugerir la adecuación de normas legales vigentes, tendientes a su modificación y organicidad;

f) Aconsejar medidas reglamentarias, técnicas y prácticas tendientes a la efectiva aplicación de la política forestal en pos de la visión estratégica del Gobierno Provincial en lo que a la temática forestal refiere.-

ARTÍCULO 4°.- El Equipo Técnico Forestal Interinstitucional será un órgano de carácter permanente, ad honorem y sus decisiones serán No Vinculantes.-

ARTÍCULO 5°.- El Equipo Técnico Forestal Interinstitucional para el logro de sus fines podrá requerir información a las reparticiones estatales nacionales, provinciales, municipales, organismos autárquicos y entidades privadas.-

ARTÍCULO 6°.- El Centro Operativo Forestal Santa Fe – COF Santa Fe, dentro de los treinta (30) días de aprobación de la presente resolución, convocará a los miembros del ETFI a reunión a fin de establecer el reglamento de funcionamiento del Equipo, el que establecerá,

entre otros, las designaciones, la representatividad, las reuniones, los recursos, la difusión y comunicaciones, los deberes y derechos.-

ARTÍCULO 7°.- Las instituciones participantes mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas especialmente aquellas que les son inherentes como Organismo de Aplicación en función de lo establecido por la normativa vigente, asimismo, la participación del ETFI no excluye actividades y/o acuerdos que con idéntica finalidad pudieran celebrar con otras entidades públicas o privadas del país o del extranjero, en cumplimiento de sus facultades, misiones y funciones específicas. En este supuesto, si hubiera relación con los objetivos del Equipo, las partes deberán notificar anticipadamente al ETFI dándole la intervención necesaria a fin de coordinar posibles tareas comunes.-

ARTÍCULO 8°.- Las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad, en atención a los fines perseguidos a través del presente, buscando solucionar de mutuo acuerdo cualquier tipo de diferencia que eventualmente surgiera entre las partes.-

ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


ANEXO ÚNICO


INTEGRANTES DEL EQUIPO TÉCNICO FORESTAL INTERINSTITUCIONAL -ETFI-


Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe – CIASFE.

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria -INTA- Centro Regional Santa Fe.

Ministerio de Agroindustria de la Nación – Subsecretaría de Desarrollo Foresto Industrial – Dirección de Producción Forestal.

Ministerio de la Producción.

Ministerio de Medio Ambiente.

Ministerio de Salud – Subsecretaría de Inclusión.

Universidad Nacional del Litoral – Facultad de Ciencias Agrarias de Esperanza.

Universidad Nacional de Rosario – Escuela Agrotécnica de Casilda; Facultad de Ciencias Agrarias de Rosario.

S/C 20799 Nov. 2 Nov. 6

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