DECRETO 2953

 

SANTA FE, 19 de Septiembre de 2003

VISTO

el expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes 00201-0088367-9 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), mediante el cual la H. CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA, solicita se declare sede permanente de la “FIESTA DEPARTAMENTAL DE LA BAGNA CAUDA”, a la localidad de San Guillermo, Departamento San Cristóbal, que anualmente es organizada y realizada en el mes de junio por el Grupo Coral Piamontés “La Tramontana”; y

CONSIDERANDO:

Que esta “Fiesta Departamental de la Bagna Cauda”, que se festeja anualmente en el mes de junio en la localidad de San Guillermo, sin lugar a dudas genera un amplio intercambio social y una activa participación de la gente y colectividades, resultando de fundamental relevancia para la región, por encima de tendencias ideológicas, partidistas, políticas o religiosas;

Que los festivales populares son, para cualquier comunidad, una herramienta esencial para la defensa de su identidad;

Que cabe señalar además, que dicha festividad, contribuye a la promoción del turismo en esa localidad y aledaños;

Que conforme lo expresado, resulta procedente declarar a la localidad de San Guillermo (Dpto. San Cristóbal), sede permanente de la “Fiesta Departamental de la Bagna Cauda”;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1) Declárase a la localidad de SAN GUILLERMO, Departamento San Cristóbal, sede permanente de la “FIESTA DEPARTAMENTAL DE LA BAGNA CAUDA” que anualmente es organizada y realizada en el mes de junio por el Grupo Coral Piamontés “La Tramontana”.

ARTICULO 2) Regístrese, comuníquese y archívese.

REUTEMANN

Dr. CARLOS ALBERTO CARRANZA

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