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    Habilitación de empresas generadoras, operadoras y transportadoras de residuos patológicos  
 
   

Todo establecimiento asistencial, responsable de la eliminación de los residuos patológicos que genera y todo relleno de seguridad, centro de transferencia, establecimiento recolector y/o procesador de residuos patológicos, deberá contar para su funcionamiento la habilitación de su planta y vehículos de transporte, emitida por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

 

Destinatarios específicos

 

Empresas generadoras y operadoras de residuos patológicos.

 

Requisitos

 

Establecidos por Resolución 0069/98 y Decreto 0388/00.


Decreto Nº0388/00: Decreto Nº 0388-00.pdf 127,03 kB
 

Observaciones

 

Semestralmente se realizan test de validación y una vez al año se monitorea las emisiones de gases y particulado.

 

Costo

 

Gratuito.

 

Comunicación del resultado

 

Notificación mediante correo postal.

 

Lugar de Concurrencia

 

Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

SANTA FE
Patricio Cullen N° 6161 - (S 3004 IYC) - Tel/Fax: 0342-4579210/11/16.

ROSARIO
Santa Fe Nº 1410 -(S2000ATV) -Tel/Fax: 0341-4721117/1535.

 

Última actualización

  06/08/2007 - 09:47