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    Droguerías: Solicitud de Habilitación de Droguerías  
 
   

Este trámite permite solicitar la habilitación de una droguería.
La Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central, a través de los Departamentos de Inspección de Farmacia de la 1ra o 2da. Circunscripción, con sede en Santa Fe y Rosario respectivamente, es el Organismo que tiene a su cargo la habilitación de todos los establecimientos en los que se fabriquen, comercialicen y/o manipulen especialidades medicinales, según las pautas establecidas en la Ley de Sanidad Provincial 2287, su reglamentación y demás modificatorias.

Ley de Sanidad Provincial 2287

 

Requisitos

 
  • Nota solicitando autorización para instalar la Droguería donde consten:
    • Datos completos del solicitante, sea unipersonal o sociedad,
    • Ubicación del local.
  • Plano o croquis del local confeccionado y firmado por persona competente (Ej. Maestro Mayor de Obras, Arquitecto, Ingeniero, etc.) con distribución de áreas y medidas de cada una de ellas.
  • Si es una sociedad presentar:
    • fotocopia certificada por autoridad judicial o notarial del contrato social.
    • comprobante que acredite la inscripción en el Registro Público de Comercio.
    • toda otra documentación que corresponda según el caso.
  • Copia o fotocopia autenticada por autoridad judicial o notarial del Contrato de Locación con certificación de todas las firmas intervinientes y sellado provincial correspondiente (1% del total contratado si es sin garantías y 2% si es con garantías).
  • Si es propietario del local, adjuntará fotocopia autenticada por autoridad judicial o notarial de la escritura.
  • En caso de no corresponder ninguna de estas opciones, la documentación que demuestre en que carácter ocupa el inmueble.
  • Contrato de Regencia del Farmacéutico que ejercerá la Dirección Técnica por un plazo mínimo de un año, con declaración del horario de trabajo el que no podrá ser inferior a cuatro horas diarias, con sellado provincial (1% del total contratado) y firmas certificadas por autoridad judicial o notarial.
  • Certificado actualizado de la matrícula del Director Técnico del establecimiento, expedido por el Colegio de Farmacéuticos de la 1ra. o 2da. Circunscripción.
  • Certificado de vecindad expedido por autoridad policial del farmacéutico, donde conste que vive en la misma localidad donde funciona la droguería.
  • Fotocopia autenticada por autoridad judicial o notarial de la 1ra. y 2da. hoja del documento del farmacéutico y la de cambio de domicilio, si lo hubiere.
  • Nota dirigida al Departamento de Inspección de Farmacia, solicitando el sellado y registro de los Libros:
    • Recetario.
    • Controlador de Psicotrópicos.
    • Controlador de Estupefacientes.
  • Heladera-Freezer-Cámara, según corresponda.
  • Termómetros/registradores de temperatura para equipos frigoríficos.
  • Fotocopia autenticada por autoridad judicial o notarial de:
  • Pago del Derecho de Habilitación.
  • Pago del Derecho Anual de Inspección.
 

Observaciones

 

En caso que desee efectuar el fraccionamiento de drogas puras o especialidades medicinales en envases hospitalarios consultar a éste Departamento.

Los pagos se efectúan mediante depósito bancario en Nuevo Banco de Santa Fe cuenta corriente Ministerio de Salud - Recaudaciones propias, Filial 599 N° 19303/04.

Características constructivas para la habilitación del local

 

Costo

 

$ 100 Derecho Anual de Inspección
$ 400 Derecho de Habilitación
$ 9 por iniciación del expediente y $ 0,18 por folio.

 

Tiempo de realización

 

10 días.

 

Lugar de Concurrencia

 

Departamento de Inspección de Farmacia
Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central

Santa Fe: 1ra. Circunscripción
Bv. Gálvez 1563 P.B.
Te.: 0342 - 4573711

Rosario: 2da. Circunscripción
Mendoza 1085 5º Piso.
Te.: 0341 - 4721321 / 4721356

Horario: Lunes a Viernes - 07.00 a 13.00 hs

 

Última actualización

  09/02/2007 - 09:12