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    Leñador de Subsistencia: Inscripción  
 
   

A fin de llevar un registro de las propiedades donde se autorice la actividad de los leñadores de subsistencia, es necesario que toda persona interesada en desarrollar la actividad se inscriba en la Secretarí­a de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Este trámite se basa en:

Resolución 0031/05: Resolución Nº 0031-05.pdf 65,90 kB
 

Destinatarios específicos

 

Leñador de subsistencia, es decir, aquellos que utilicen la leña para usos domésticos o industriales.

 

Requisitos

 
  • Nota del propietario del campo a explotar - Anexo III - Resolución 0031/05.
  • Certificado socieconómico extendido por la Comuna o Municipalidad correspondiente,

    que acredite su situación de indigencia.

  • Completar la Solicitud del Anexo I - Resolución 0031/05.
 

Costo

 

Gratuito.

 

Lugar de Concurrencia

 

Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

SANTA FE
Patricio Cullen N° 6161 - (S 3004 IYC) - Tel/Fac: 0342-4579210/11/16.

ROSARIO
Santa Fe Nº 1410 -(S2000ATV) - Tel/Fax: 0341-4721117/1535.

 

Última actualización

  09/04/2010 - 11:05