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Derechos Humanos: Solicitud indemnización por personas desaparecidas o asesinadas. Ley Reparatoria 24411 |
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El presente trámite permite gestionar una indemnización a los causahabientes o herederos de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o que hubiesen fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar, con anterioridad al 10 de diciembre de 1983, en el marco de la Ley Nros. 24411 y 26.564.
Según dicha norma, se entiende por desaparición forzada de personas, cuando se hubiera privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si ésta hubiera sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada bajo cualquier otra forma del derecho a la jurisdicción.
El plazo para iniciar los trámites ha sido prorrogado por la Ley Nº 26.521 hasta enero de 2011.
Ver Ley Nacional 24411
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Destinatarios específicos |
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Los causahabientes o herederos de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o fallecidos como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar, con anterioridad al 10 de diciembre de 1983.
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Requisitos |
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- Nota de iniciación del trámite dirigida al Secretario de Derechos Humanos, firmada por el solicitante.
- Fotocopia del DNI del solicitante del beneficio (hojas 1º, 2º y cambio de domicilio si lo hubiere), certificada en Tribunales.
En caso de Personas Ausentes por Desaparición Forzada además de la documentación mencionada anteriormente, se debe presentar:
- Formulario D de solicitud del beneficio, con firma del solicitante, certificada en tribunales.
- Formulario de solicitud de certificado de denuncia en la CONADEP según Ley 24321. En caso de no existir la denuncia en dicho organismo, presentar el Formulario de solicitud de apertura del trámite de denuncia en la CONADEP.
- Fotocopia de Sentencia Judicial de Ausencia con Presunción de Fallecimiento o de Ausencia por Desaparición Forzada, certificada en Tribunales.
- Fotocopia de Declaración de Causahabientes o Declaratoria de Herederos, certificada en Tribunales.
- Declaración Jurada por cada uno de los causahabientes o herederos, con firma certificada en Tribunales.
En caso de Personas Fallecidas además de la documentación mencionada en el primer párrafo, se debe presentar:
- Formulario F de solicitud del beneficio, con firma del solicitante certificada en Tribunales.
- Fotocopia de Partida de Defunción, certificada en Tribunales.
- Pruebas que acrediten que la muerte fue por el accionar de las fuerzas armadas (de carecer de las pruebas, todo dato orientador a partir del cual esta Secretaría pueda iniciar la investigación).
- Fotocopia de Declaración de Causahabientes o Declaratoria de Herederos, certificada en Tribunales.
- Declaración Jurada por cada uno de los causahabientes o herederos con firma certificada en Tribunales.
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Documentos requeridos |
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Nota de iniciación del trámite (Ley 24411)
descarga.pdf 24,35 kB
Formulario D Solicitud de Beneficio Ley 24411
descargar.pdf 31,24 kB
Formulario F Solicitud de Beneficio Ley 24411
descargar.pdf 31,13 kB
Registro de Fallecidos (Anexo a Formulario F)
descargar.pdf 10,22 kB
Solicitud de Apertura en CONADEP (no existe denuncia)
descargar.pdf 9,83 kB
Solicitud de Certificado en CONADEP (si existe denuncia)
descarga.pdf 35,00 kB
Declaración Jurada
descargar.pdf 5,03 kB
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Observaciones |
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En la Oficina de Certificaciones de Tribunales, las certificaciones de fotocopias tienen un costo de $1,00 (un peso) por fotocopia y las certificaciones de firmas $10,00 (diez pesos) por firma. Se aclara que el formulario debe ser firmado por el peticionante, delante de la autoridad competente.
En el caso de las fotocopias, para la certificación de las mismas éstas deben ir acompañadas de los originales correspondiente.
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Costo |
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Gratuito.
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Lugar de Concurrencia |
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Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe, Dirección Provincial para la Reconstrucción de la Memoria Histórica.
Ciudad de Santa Fe:
- Dirección: Saavedra 2059
- Teléfonos: (0342) 4572565/67
Ciudad de Rosario:
- Dirección: Moreno 248
- Teléfono: (0341) 4721468
Horario de atención: de lunes a viernes de 8:00hs a 13:00hs Línea Gratuita las 24 hs: 0800 - 555 - 3348
Contáctenos
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Última actualización |
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18/01/2010 - 13:05 |
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