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Agencias de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares: Autorización de un Vigilador |
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Este trámite permite conocer los pasos secuenciales que deben realizar aquellas personas que estén interesadas en obtener la Autorización para trabajar como vigiladores privados
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Destinatarios específicos |
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Postulantes a vigilador privado.
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Requisitos |
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- Para los trámites de autorización de vigiladores, (alta) o renovación de la misma, a los vigiladores de las Agencias de Vigilancia de Seguridad Privada e Informaciones Particulares:
- Cumplir el artículo 28 de la Resolución 521/91.
- Efectuarse un exámen psicofísico, llevado a cabo por los facultativos de la Dirección de Medicina Legal Policial o sus divisiones de Medicina Legal, de cada Unidad Regional, solicitándose en todos los casos, como único estudio, un electroencefalograma informado, rubricado por el médico actuante, este estudio puede ser realizador en un ente tanto estatal como privado, y en todos los casos tendrá una validez de seis (06) meses, a partir de la fecha de realización del exámen.
- En caso de excepción y a requerimiento del facultativo se podrá solicitar algún otro exámen complementario.
- Para el caso de vigiladores que pretendan desempeñarse en objetivo armado, tanto al momento de solicitar el alta como así también cuando se sometan a la actualización del exámen médico correspondiente, deberán presentar original y copia de las Credenciales de Legítimo Usuario (CLU) y de portación de armas de fuego, respectivamente, extendidas por el Registro Nacional de Armas (RENAR), siendo la Dirección General de Medicina Legal Policial el único organismo oficial que dictamine respecto a la procedencia del alta de un vigilador con o sin uso de arma de fuego.
- Para el dictamen deberá intervenir el consultorio de Psicología de la Dirección General de Medicina Legal Policial, el que será vinculante a los efectos de considerar la aptitud para tener disponible o portar un arma en una actividad de vigilancia o seguridad privada en el ámbito provincial.
- La actualización de los exámenes psicofísicos se realizarán cada 3 (tres) años. Salvo casos en particular que se considere necesario anticipar dicho examen por parte de las autoridades de aplicación o contralor.
- El exámen de aptitud o psicofísico lo llevan a cabo las Divisiones de Medicina Legal Policial de cada Unidad Regional (se corresponden con los 19 departamentos en que se divide la provincia), y en todos los casos estará refrendado el dictamen por la Dirección General de Medicina Legal de la Policía de la Provincia.
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Observaciones |
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En el caso de portación de armas de fuego sólo tendrá validez lo dictaminado por el organismo perteneciente a la Policía de la Provincia (Dirección General de Medicina Legal Policial), independientemente de lo dictaminado por el RENAR.
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Costo |
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El trámite, tanto en la Sección de Control de Agencias, de cada Unidad Regional, como en las distintas Divisiones de Medicina Legal Policial (una por cada departamento de la Provincia) y en la Dirección General de Medicina Legal Policial, es gratuito.
Esto es independiente de la tasa de reposición de sellado.
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Lugar de Concurrencia |
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Unidad Regional de cada Jurisdicción.
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Última actualización |
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22/12/2005 - 20:00 |
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