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Agencias de Vigilancia, Seguridad o Informaciones Particulares: Solicitud de habilitación |
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Este trámite se realizar para habilitar a las agencias de vigilancia, seguridad o informaciones particulares, dentro de toda la Provincia.
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Destinatarios específicos |
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Ciudadanos en general que deseen solicitar la habilitación de una agencia
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Requisitos |
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- Escrito de presentación y solicitud de autorización, con datos completos del o los propietarios:
- Nombre y apellido completo.
- Fecha de nacimiento.
- Nombre de progenitores.
- Estado civil.
- Nombre cónyuge.
- DNI, domicilio real.
- Dirigido al Jefe de Unidad Regional que corresponda por Jurisdicción.
- En el caso de sociedad detallar el cargo que ocupa cada integrante de la misma.
- Ambiental del solicitante y/o de cada integrante de la sociedad según corresponda.
- Rubro de Explotación comercial:
- Vigilancia.
- Seguridad.
- Informaciones Particulares.
- Si son de otro lugar fijar domicilio legal dentro del ámbito territorial de la Unidad Regional donde se inicia el trámite.
- Determinar sede comercial y legal .
- Expresar conocimiento de la Resolución Ministerial 0521/91 y compromiso a su cumplimiento como así de ampliaciones y/o modificaciones que se produjeren y normas dictadas por el órgano de contralor.
- Si son del rubro vigilancia y/o seguridad deberá designar un Director Técnico Ejecutivo. (Art. 8 Resolución Ministerial 0521/91).
- Denominación comercial si fuere sociedad debe ser del tipo establecido en la Ley 19.550 o cooperativas Ley 20.337 y sus modificatorias.
- Si fuere sociedad constituida en otra provincia, inscripción en el Registro Público de Comercio de la Circunscripción donde se inicia el trámite.
- Si es una sociedad constituida dentro de la Provincia también corresponde inscripción en el Registro Público de Comercio en la circunscripción donde correspondiere.
- Fotocopia del Contrato Social.
- Fotocopia del reglamento interno.
- Si es una agencia ya habilitada en otra provincia, deberá presentar fotocopia legalizada de autorización emanada por otro poder Nacional, Provincial y/o otra Policía.
- Prestar autorización para recabar antecedentes judiciales y/o policiales, del Titular o cada integrante de la sociedad. Para el caso de personas con residencia fuera del ámbito provincial y/o en distinta Unidad Regional a la que se tramita la habilitación deberán aportar certificado de buena conducta o de reincidencia. Mismo requisito para la persona que sea propuesta como Director Técnico Ejecutivo y no resida en el ámbito provincial o Unidad Regional de trámite.
- Para el caso que se designe persona alguna como representante y/o apoderado para la sucursal de la empresa se deberá acompañar el poder respectivo, inscripto en el registro de mandatos.
- Contratar Seguro de Responsabilidad Civil, el cual debe reunir los siguientes requisitos: - Extensión territorial en todo el ámbito de la Provincia de Santa Fe- Un capital asegurado como mínimo:
- a) para Agencias de Información exclusivamente $ 20.000.
- b) para Agencias de Vigilancia con personal sin portación de armas $ 50.000.
- c) para Agencias de Vigilancia con personal con portación de armas de fuego $360.000.
- Extensión del riesgo al uso de armas de fuego: la presentación debe ser en original o copia certificada por escribano público y/o autoridad judicial. Se debe tener en cuenta que la misma cubra en sus anexos y/o con detalle en el frente de Póliza (condiciones particulares de contratación responsabilidad civil general) relacionados con el uso de arma de fuego y daños que se pueden ocasionar a terceros. Por otro lado deberán acompañar constancia de pago de las primas ya sea en forma anual o las constancias correspondientes ante cada vencimiento que se produzca.
- Deberá aportar los Números de C.U.I.T. y/o C.U.I.L. según corresponda, como así se acompañará constancia de situación frente a ganancias e IVA (responsable inscripto - responsable no inscripto - responsable monotributista).
- Todas las fotocopias presentadas deberán ser certificadas por escribano público y/o autoridad judicial no por policía.
- Referente al Director Técnico Ejecutivo, deberá presentar:
- Foja de servicios de la Fuerza donde revistó, con indicación de destinos en los cuales prestó servicios.
- Declaración Jurada donde conste que en la actualidad no ocupa cargos en la administración pública nacional, provincial y/o municipal.
- Constancia o copia certificada del acta de baja en la que conste el motivo de la misma.
- Se le realizará un informe ambiental.
- Deberá prestar autorización para recabar sus antecedentes judiciales y/o policiales. Y en el caso de residir fuera del ámbito provincial o de la Unidad Regional del trámite, debe acompañar certificado de buena conducta y/o certificado de reincidencia según corresponda.
- Deberá realizar examen sicofísico por ante la Dirección General de Medicina Legal, donde deberá concurrir con los estudios. médicos que requiera la misma.
- Constancia mediante acta que acepta el cargo conferido.
- Número de C.U.I.L.
- Deberá expresar si la habilitación como Director Técnico es con o sin portación de arma de fuego.
- Constancia de pago de la Tasa Retributiva de Servicio, la cual sedebe efectuar mediante timbrado por ante el Banco Provincial de Santa Fe, cuyo monto surgirá de la suma de los actuados, siendo los montos los que a continuación se detallan: Carátula $ 9; foja que sea certificada $ 1,05 y foja simple $ 0,18. Se recuerda que el timbrado se puede efectuar por única vez cuando se finalice el trámite, no siendo necesario que cada foja cuente con un timbrado.
Instrumento Jurídico
- Resolución Ministerial 0521/91.
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Documentos requeridos |
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MGAV-Formulario Habilitación Unipersonal
FORMULARIO-nota HABILIATCION-UNIPERSONAL.doc 62,00 kB
MGAV-Formulario Habilitación Sociedades y Cooperativas
FORMULARIO-nota HABILIATCION-SOCIEDADES Y COOPERATIVAS.doc 74,50 kB
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Observaciones |
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- Se notificará al responsable de la empresa de los alcances del Art. 11 de la Resolución Ministerial 0521/91 en lo que refiere a que no pueden prestar servicios hasta que no obtenga la resolución de habilitación.
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Costo |
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Carátula: $ 9.
Foja que sea certificada: $ 1,05. Foja simple: $ 0,18.
Se recuerda que el timbrado se puede efectuar por única vez cuando se finalice el trámite, no siendo necesario que cada foja cuente con un timbrado.
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Lugar de Concurrencia |
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Unidad Regional de cada Jurisdicción.
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Última actualización |
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22/12/2005 - 20:00 |
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