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    Droguerías: Solicitud de Cierre Definitivo de Droguerías  
 
   

Este trámite permite al titular de una droguería gestionar su cierre definitivo. El mismo se encuadra según Resolución 2394/84, Orden 5/84, Decisión 118/77.

Resolución 2394/84.

 

Requisitos

 
  • Nota dirigida al Departamento de Inspección de Farmacia de la 1ra. o 2da. Circunscripción, donde el/los titular/es de la droguería comunican el cierre de la misma, indicando:
    • Nombre y Apellido del o los titulares de la droguería,
    • Nombre del profesional a cargo de la Dirección Técnica,
    • Fecha de cierre,
    • Destino de los medicamentos existentes,
    • Sello de la droguería debajo de la/s firma/s

      La nota debe estar firmada por quien solicitó la habilitación (el o los Titulares).

  • Declaración jurada de la existencia de Psicotrópicos lista II y Estupefacientes ( en el caso de poseer estas especialidades consultar a este Departamento) firmada por el Director Técnico.
  • Fotocopia autenticada por autoridad judicial o notarial de la nota en la que se comunica el cierre de la droguería a cada uno de sus proveedores con su debida constancia de recepción.
  • Fotocopia certificada por autoridad judicial o notarial de los comprobantes de comunicación de cierre a la Municipalidad ó Comuna, AFIP y API, indicando en la misma la fecha exacta del cese.
  • Fotocopia certificada por autoridad judicial o notarial de la rescisión del contrato de regencia con el Director Técnico.
  • Fotocopia certificada por autoridad judicial o notarial de la rescisión del contrato de Locación del local habilitado, si no fuera propietario, con las firmas certificadas por autoridad Judicial o Notarial.
  • Nota firmada por el titular de la Droguería y el Director Técnico indicando el destino que se le dará a las especialidades medicinales en existencia adjuntando fotocopia certificada por autoridad judicial o notarial del documento probatorio de transacción comercial (factura, nota de crédito, etc.) que incluya descripción de cada especialidad en todas sus formas, con cantidades, Nro. de Lote y fecha de vencimiento.
  • Estar al día con el pago del derecho de inspección.
  • Presentar constancia emitida por Registros de Procesos Universales sobre la existencia o no de quiebra o concurso del propietario de la Droguería.
 

Observaciones

 

Los requisitos enunciados precedentemente quedan sujetos a revisión de la autoridad de control y si correspondiere a exigencias complementarias conforme a las facultades otorgadas por el Art. 64 de la Ley de sanidad Provincial 2287.

Los pagos se efectúan mediante depósito bancario en Nuevo Banco de Santa Fe cuenta corriente Ministerio de Salud - Recaudaciones propias, Filial 599 Nº 19303/04.

El pago del Derecho Anual de Inspección deberá realizarse con anterioridad al 31 de Marzo de cada año.

 

Costo

 

$ 100 Derecho Anual de Inspección
$ 9 Por iniciación del trámite y $ 0,18 por folio

 

Tiempo de realización

 

15 días corridos.

 

Lugar de Concurrencia

 

Departamento de Inspección de Farmacia
Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central

Santa Fe - 1ra. Circunscripción
Bv. Gálvez 1563 - Planta Baja
Te.: 0342 - 4573711

Rosario - 2da. Circunscripción
San Luís 979
Te.: 0341 - 4721321 - 4721356

Horario: Lunes a Viernes - 07:00 a 13:00 hs.

 

Última actualización

  09/02/2007 - 09:27