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Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios

La Ley Nacional N° 27.279 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de productos fitosanitarios, promoviendo gestiones diferenciadas para su tratamiento, mientras que su reglamentación, mediante el Decreto Nacional N° 0134/18, individualiza los usos no permitidos del material valorizado o reciclado, detallando los requerimientos mínimos que deben acreditar los denominados Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT) respecto a la localización y aspectos constructivos y los requerimientos que deben cumplimentar los operadores para obtener la habilitación pertinente por la autoridad competente.

La Ley Provincial N° 13.842 (modificada por la Ley N° 14.074) se promueve en el ámbito local un sistema de gestión integral de envases vacíos de productos fitosanitarios, tendiente a la prevención en la generación de envases vacíos, reutilización, reciclado y otras formas de valorización con la finalidad de proteger el ambiente, alentando las opciones de tratamiento que obtengan los mejores resultados ambientales, teniendo en cuenta el enfoque del "ciclo de vida" del envase; creando a tales fines un Registro Provincial de Sistemas de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios.

Contacto:

Unidad Ejecutora de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios

Correo electrónico: envasesvacios@santafe.gov.ar