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Legislaciones sanitarias provinciales

Las siguientes normativas son aplicables en el territorio de la Provincia de Santa Fe por los Inspectores de la Subdirección General de Ganadería y Sanidad Animal para garantizar la sanidad de los rodeos de la provincia de Santa Fe.

  • Remates feria

Establece como requisito para participar en todo remate especial de reproductores y exposiciones rurales con destino a reproducción, el certificado de establecimiento libre de brucelosis y tuberculosis para todos los reproductores bovinos y bubalinos machos y hembras.

Resolución Nº 268/19

Resolución rectificativa N° 290/19

  • Comercialización de reproductores

Todos los reproductores bovinos machos que se comercialicen en la provincia de Santa fe deben ser libres de Trichomoniasis y Campylobacteriosis.

Los requisitos para cumplimentar esta normativa son:

- 3 pruebas negativas y consecutivas para ambas enfermedades, o

- 3 pruebas negativas y consecutivas para trichomoniasis y constancia de doble vacunación para la campylobacteriosos.

Todo debidamente amparado por el certificado sanitario correspondiente.

Decreto Nº 295/91

Decreto Nº 191/99

  • Tuberculosis

En el marco de la Resolución Nº 128/12 del SENASA, las autoridades nacionales de este organismo aprueban el Plan Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, ovina, caprina y porcina en la Provincia de Santa Fe

Resolución Provincial Nº 949/12

Resolución Nº 128/12

  • Carbunclo

El carbunclo bacteriano es una enfermedad endémica en la provincia de Santa Fe y debido a que, dicha enfermedad se ha cobrado vidas humanas, el 8 de septiembre de 2014, en el ámbito de la COPROSA se establece la Vacunación Obligatoria Contra Carbunclo Bacteriano de todo el rodeo bovino de la Provincia de Santa Fe (Resolución N° 1007/14). Asimismo, en la Disposición N° 2 del año 2015 se establece la estrategia de vacunación que se llevará a cabo una vez al año, ejecutada por los corresponsables sanitarios con el respectivo certificado de vacunación que deberá ser presentado ante la UEL de su jurisdicción. La fecha de vacunación se establecerá según criterio del profesional a cargo y el productor (independientemente de la vacunación antiaftosa).

La cobertura vacunal registrada en el 2017 fue del 93% de los RENSPA de la provincia.

Resolución Nº 1007/14

Resolución rectificativa 7/17

Disposición 2/15

  • Garrapatas

El Plan Provincial de Control y Erradicación de la garrapata común del ganado bovino en la Provincia de Santa Fe tiene por objetivo eliminar o disminuir los problemas causados por este parásito. En este Plan intervienen todos los actores del Sistema Sanitario Productivo y Participativo de la provincia.

Resolución Nº 1144/14

  • Marco regulatorio de las explotaciones porcinas

Todo productor y/o tenedor de porcinos deberá contar con autorización municipal o comunal según correspondiere. El establecimiento o predio debe estar bien delimitado para que los animales no escapen a otra propiedad o vía pública. No tiene que haber presencia de roedores y las instalaciones deben permitir la realización de maniobras sanitarias. El productor y/o tenedor debe contar con el boleto de señal a su nombre.

Resolución Nº 1/09

  • Atención de foco de triquinosis en establecimientos productivos

Se considera foco de Triquinosis a la aparición de un (1) porcino o más con diagnóstico de laboratorio positivo ya sea faenado en un matadero, frigorífico, en forma casera en una explotación pecuaria o locales. La constatación de la infestación se podrá efectuar en un laboratorio habilitado para el diagnóstico. Cuando en una explotación se encuentren uno (1) o varios porcinos sospechosos de Triquinosis, el Veterinario oficial de este Ministerio pondrá en marcha inmediatamente las medidas de investigación correspondientes para la confirmación o negación de la presencia de dicha enfermedad.

Resolución Nº 2/09