Impuestos / Impuesto Inmobiliario /

Hoteles y alojamientos

Por Resolución General 0039/2020 - API, artículo 3°, los contribuyentes que realicen las Actividades de Hotelería y Alojamiento, para acceder a la prórroga de los vencimientos de las cuotas 2 a 6 del año 2020 del Impuesto Inmobiliario de los inmuebles afectados a dicha actividad, establecida por el citado artículo, deberán declarar los números de las partidas inmobiliarias, con carácter de declaración jurada, mediante el trámite que se encuentra disponible en el presente Box.

Los vencimientos de las cuotas de las partidas de Impuesto Inmobiliario son los siguientes:

Impuesto Inmobiliario Urbano

Dígito de Control de la Partida

CUOTAS

0 - 1

2 - 3

4 - 5

6 - 7

8 - 9

Cuota 2

11/01/2021

12/01/2021

13/01/2021

14/01/2021

15/01/2021

Cuota 3

08/02/2021

09/02/2021

10/02/2021

11/02/2021

12/02/2021

Cuota 4

08/03/2021

09/03/2021

10/03/2021

11/03/2021

1 2/03/2021

Cuota 5

12/04/2021

13/04/2021

14/04/2021

15/04/2021

16/04/2021

Cuota 6

10/05/2021

11/05/2021

12/05/2021

13/05/2021

14/05/2021

Los pagos que se efectúen con posterioridad a dichas fechas, se considerarán fuera de término y los intereses se aplicarán desde las fechas originales de vencimiento.

Los contribuyentes deberán declarar, con carácter de declaración jurada, la/s partida/s inmobiliaria/s ingresando aquí