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Nota de presentación del Emprendimiento dirigida al Señor Secretario de Medio Ambiente, detallando documentación presentada.
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1. Presentar Formularios A y B de la Resolución 010-04 (Anexo I). En la misma resolución (Anexo II) hay un instructivo acerca del llenado de tales Formularios. Si la empresa es Generadora U Operadora de Residuos Peligrosos ( de acuerdo al Decreto 1844/02) debe completar los Formularios C1 y C2. Además, y a los fines de facilitar el análisis de la documentación por parte de la Secretaría se requiere presentar estos Formularios en soporte magnético ( diskettes 3 1/2 ).
2. Certificado de Uso Conforme de Suelo
a) De acuerdo a lo normado por artículo 8º del Decreto Nº 0101/03, "Capitulo II: De la Categorización Ambiental", los proponentes y titulares de una actividad deberán presentar ante la Secretaría de Medio Ambiente el "Formulario de Presentación" según Anexo I de dicho decreto, la que deberá ser acompañada por copia certificada de la autorización sobre el Uso Conforme del Sitio Elegido (Uso Conforme de Suelo) expedido por el Municipio o Comuna donde se realizará el emprendimiento, a fin de que el trámite sea debidamente recibido por Mesa de Entradas de esta Secretaría. Caso contrario, y a fin de evitar dilaciones e inconvenientes mayores, corresponde no iniciar las actuaciones administrativas.-
b) Dicha autorización deberá contener al menos, los siguientes datos:
- Autoridad comunal o municipal que expide la autorización de Uso Conforme de Suelo;
- Nombre de la persona física o jurídica y demás datos identificatorios a favor de la cual se expide la autorización de Uso Conforme de Suelo;
- Aclarar que se autoriza el Uso Conforme del Suelo en el espacio solicitado por el interesado, indicando datos del predio / inmueble donde se encuentra ubicado tales como su inscripción por ante el Registro de la Propiedad correspondiente, calle y número, sector, manzana, etc.;
- Dejar constancia que se autoriza el Uso Conforme de Suelo en dicho predio para el desarrollo de la actividad declarada por el interesado, precisando cuál es la misma;
- Si el Municipio o Comuna contara con normativa propia sobre regulación de uso de suelo, acompañarla en fotocopia certificada;
- La autorización emitida por el Municipio o Comuna no deberá ser sometida a condición alguna (por ejemplo, no deberá ser condicional a la aprobación del Informe Ambiental de Cumplimiento o Estudio de Impacto Ambiental por parte de esta Secretaría)
3. Si hay información accesoria que se considere relevante para ser incluida y por razones de espacio no es posible, debe hacer un "llamado" e insertarlas en la misma hoja o en hoja aparte.
4. Toda la documentación debe estar firmada por el titular de la actividad, apoderados o por quien la empresa designe a tal efecto, debidamente certificado por autoridad competente.
5. Si se presentan fotocopias por ejemplo: Uso conforme del suelo o Zonificación (área urbana, suburbana, rural o industrial), Actas constitutivas de la Sociedad, Copias de Documentos de Identidad, etc) las mismas deben estar certificadas por autoridad competente.
6. De acuerdo al art. 4º del Dcto 101/03 la información proporcionada tiene el carácter de Declaración Jurada.
7. La documentación debe ser enviada a esta Secretaría, e ingresar por Mesa de Entradas de la misma.
8. Con la documentación completa en su poder la Secretaría realizará la correspondiente categorización y comunicará por nota la categoría de la actividad ( categorías 1 - 2 ó 3).
9. Si la empresa considera que su actividad se encuadraría como categoría en 2 ó 3, puede, a riesgo propio, realizar el Informe Ambiental de Cumplimiento y presentarlo con la documentación citada en los puntos 1 a 6, mientras tanto continua la tramitación de categorización.
10. En caso de ser Categoría 1, de Bajo o Nulo Impacto Ambiental la Secretaría le requerirá una "Declaración Ambiental", que es una Declaración Jurada, cuyo texto se encuentra en el Anexo VI del Decreto 101 / 03 a los efectos de culminación el trámite.
Informe Ambiental de Cumplimiento
1. En caso de ser Categoría 2 o 3, las empresas deben presentar un Informe Ambiental de Cumplimiento de acuerdo al Anexo VI del Decreto 101/03. Debido a que este es una "guía" para dicho Informe, el/los Profesional/es responsable/s de la realización deberá adecuarlo a la actividad.
2. Dicho Informe debe ser firmado por el titular de la actividad (o apoderado de la misma), por el/los Profesional/es actuante/s y visadas por el Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe, según dictamen Nº 3441 de fecha 30 de marzo de 2009.
3. Los profesionales deberán estar debidamente matriculados en sus Colegios respectivos, acreditar dicha matriculacion y cumplirán con las exigencias de los Colegios.
4. La información relevante de este Informe debe contener todos los elementos que: a) permitan comprobar que la empresa cumple con la legislación vigente; b) establecer un Plan de Gestión Ambiental con cronogramas de adecuaciones, responsables, monitoreos, etc.
5. El Informe será analizado por técnicos de las diferentes Direcciones competentes en el tema, la empresa será visitada por los técnicos para la constatación de lo declarado y verificación de la información vertida. Como conclusión de este análisis puede ser aprobado el Informe con o sin condicionamientos mediante una Resolución.
6. Si el Informe no contiene la totalidad de los elementos requeridos, los mismos pueden ser solicitados por nota. Si la información es deficiente y las áreas técnicas no pueden realizar los análisis y evaluaciones correspondientes, puede solicitarse que el Informe sea confeccionado nuevamente.
7. Luego de la Resolución aprobatoria, la Secretaría procederá a auditar el Plan de Gestión Ambiental y de ser aprobado se otorgará el Certificado Ambiental, que deberá renovarse cada dos años para la Categoría 3 y cada tres anos para la Categorías 2. Los trámites de renovación deben hacerse declarando si ha habido cambios o no en los procesos, tecnologías o incrementos de la producción que pudieren hacer cambiar las condiciones establecidas en la Resolución anterior. Con ello la Secretaría auditará la actividad para renovar la Certificación.
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