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Mediación prejudicial obligatoria civil y comercial

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La mediación prejudicial obligatoria en materia civil y comercial, establecida por la Ley 13151, se implementa por primera vez en Santa Fe, en el contexto de la transformación de los sistemas judiciales en la provincia. Tiene dos características que la distinguen del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo (concretamente en la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TICs) a todo el procedimiento. Es decir, que se utiliza el soporte informático para actuaciones significativas -presentación del requerimiento, sorteo del mediador, notificaciones en general, entre otras- lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.

El pilar del sistema es la Agencia de Gestión de Mediación (AGEM), que tiene tres oficinas: Oficina de Registro de mediadores y co-mediadores, Oficina de Gestión y Oficina de Protocolización de acuerdos y Registro de actas. Estas agencias se replicarán en las cinco circunscripciones de la provincia (Reconquista, Rafaela,Santa Fe, Rosario y Venado Tuerto), y son las que se encargan de registrar y sortear a los mediadores que actuarán en los casos que correspondan.

La puesta en marcha de la mediación será progresiva y no excederá el plazo de tres años. En primer lugar se habilitaron las AGEMs de la Primera y de la Segunda Circunscripción Judicial y se realizó la inscripción de los mediadores en el Registro correspondiente a través de un trámite online.


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Comentarios
Andy poemas
19.04.2012
16:00

Totalmente de acuerdo o sino de que sirve la convocatoria???

Ignacio
13.02.2012
14:54

gestión de Justicia bajo la orbita del poder ejecutivo... no me cierra y menos obligatoria. Otra pérdida de tiempo, de recursos y encarecimiento del procedimiento. Un buen recurso, mal implementado.

esteban
24.11.2011
13:31

Seguro que los jueces comunales tienen su experiencia pero tb hay que dejar paso a los nuevos mediadores que van a ser el futuro de este sistema..

gustavo
26.10.2011
19:42

Recién entro al sitio y veo muchos comentarios que hacen referencia a "la mediación y el poder judicial o en su defecto funcionarios judiciales". Al respecto quiero hacer notar que el Instituto de la Mediación NADA TIENE QUEVER CON EL AMBITO JUDICIAL, SUS VICIOS Y HABITUS FORI. Tenemos que entender que la mediación debe ser internalizada como reacción ante los conflictos por el ciudadanos común, y su implementación debe estar fuera y lejos de todo lo que sea judicial, pues se desarrolla con otro paradigma, con los mediados como protagonistas de su conflicto y no conducidos paternalmente por nadie; si por supuesto asistidos por el mediador.-

ROCIO
18.10.2011
12:00

Muy interesante lo de la mediacion obligatoria ante del juicio,yo participe en una mediacion positiva ante un juez de paz,como dicen los otros comentarios SE LOS DEBE CONVOCAR A LOS EX JUECES DE PAZ que asi lo quieran,para ser MEDIADORES.ATTE