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Este Servicio permite a los contribuyentes y/o responsables confeccionar e imprimir la liquidación de deuda del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales, para ser abonada en las Entidades Bancarias habilitadas.
Para poder utilizar el Servicio "Liquidación de Deuda - Impuestos de Autoliquidación", se debe disponer de una Clave fiscal. En caso de no contar con dicha clave, deberá gestionarla en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aplicando el procedimiento establecido por ese Organismo Nacional a través de la Resolución General 2239/07 y sus modificatorias. Asimismo, para comenzar a operar el Servicio, se deberá incorporar el mismo a través de la opción "Administrador de Relaciones" de la página de AFIP. |
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Manual del Usuario:














