Inmuebles: solicitud de acogimiento al régimen de regularización dominial

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Este trámite permite solicitar la regularización dominial a toda persona que ocupe inmuebles con anterioridad al año 2006 y cuyo destino principal sea casa habitación única y permanente. Se contemplan dos situaciones posibles:

  • Si el titular registral del inmueble presta el consentimiento para el trámite, se otorga una escritura traslativa del dominio.
  • Si el titular registral del inmueble falleció o no se conoce su paradero, se realizará un Acta notarial de Reconocimiento de la posesión, la que se inscribe en el Registro de la Propiedad. La misma, a los 10 años, se consolida adquiriendo el dominio pleno la persona beneficiaria.

¿Qué necesito para realizarlo?

Solicitud completa con firmas legalizadas en Tribunales de:

  • Completar Formulario A de características constructivas SCIT
  • Completar Formulario de actualización de construcciones
  • Croquis que especifique metros cubiertos de la vivienda
  • Plano de mensura del lote

Copias simples de:

  • DNI del iniciador y grupo familiar conviviente en el domicilio al momento de iniciar el trámite
  • Boleto de compraventa, si hubiese
  • Copia libreta de matrimonio/ acta unión convivencial
  • Impuesto inmobiliario (un comprobante por año), si hubiere
  • Tasa municipal (un comprobante por año), si hubiere
  • Facturas de servicios (agua, luz, teléfono, etc.) y/o cualquier documentación que pueda dar cuenta de la antigüedad en la vivienda (cartas, comprobantes de compras, carnet de vacunas, boletines escolares, etc.), un comprobante por año.
  • En caso de ser divorciado, presentar el acta de divorcio
  • En caso de viudez, presentar el certificado de defunción del cónyuge
  • Declaratoria de herederos, si lo hubiese
  • Croquis de la construcción (declarar la superficie total de lo edificado)


Paso a paso

  1. Descargar y completar los formularios.
  2. Presentarlo, junto al resto de la documentación, en el lugar de realización.
  3. Desde la oficina pertinente se inicia un expediente, el cual tiene un número de seguimiento.
  4. Desde la misma oficina se comunicarán para informar la conclusión del trámite.

¿Cuánto cuesta?

Sin costo.

En caso de producirse la escrituración, se deberá abonar una contribución única del 1% del avalúo fiscal, importe que se deposita en una cuenta especial creada al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe SA.

¿Dónde se realiza?

Oficina de Regularización Dominial Reconquista

  • San Martín 1029
  • 0348-2429794
  • Martes y jueves de 8:30 a 12:00 h

Oficina de Regularización Dominial Santa Fe

  • Salta 3211
  • 0342-4815588 ó 0342-156400313
  • Lunes, miércoles y viernes de 8:30 a 12:00 h

Oficina de Regularización Dominial Rosario

  • Bv. 27 de febrero
  • 0341-7690313
  • Lunes a viernes de 8:00 a 12:00 h

Oficina de Regularización Dominial San Javier

  • Nicasio Oroño 1969
  • Lunes a viernes de 8:00 a 12:00 h

Observaciones:

Quedan excluidos del régimen de la presente ley:

  • Los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda
  • Los inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación

Formularios relacionados:

    application/pdf Trámite Reg, Dom. Actualizado - 80,91 kB

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