Inmuebles: solicitud de acogimiento al régimen de regularización dominial
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite solicitar la regularización dominial a toda persona que ocupe inmuebles con anterioridad al año 2006 y cuyo destino principal sea casa habitación única y permanente. Se contemplan dos situaciones posibles:
- Si el titular registral del inmueble presta el consentimiento para el trámite, se otorga una escritura traslativa del dominio.
- Si el titular registral del inmueble falleció o no se conoce su paradero, se realizará un Acta notarial de Reconocimiento de la posesión, la que se inscribe en el Registro de la Propiedad. La misma, a los 10 años, se consolida adquiriendo el dominio pleno la persona beneficiaria.
¿Qué necesito para realizarlo?
Solicitud completa con firmas legalizadas en Tribunales de:
- Completar Formulario A de características constructivas SCIT
- Completar Formulario de actualización de construcciones
- Croquis que especifique metros cubiertos de la vivienda
- Plano de mensura del lote
Copias simples de:
- DNI del iniciador y grupo familiar conviviente en el domicilio al momento de iniciar el trámite
- Boleto de compraventa, si hubiese
- Copia libreta de matrimonio/ acta unión convivencial
- Impuesto inmobiliario (un comprobante por año), si hubiere
- Tasa municipal (un comprobante por año), si hubiere
- Facturas de servicios (agua, luz, teléfono, etc.) y/o cualquier documentación que pueda dar cuenta de la antigüedad en la vivienda (cartas, comprobantes de compras, carnet de vacunas, boletines escolares, etc.), un comprobante por año.
- En caso de ser divorciado, presentar el acta de divorcio
- En caso de viudez, presentar el certificado de defunción del cónyuge
- Declaratoria de herederos, si lo hubiese
- Croquis de la construcción (declarar la superficie total de lo edificado)
Paso a paso
- Descargar y completar los formularios.
- Presentarlo, junto al resto de la documentación, en el lugar de realización.
- Desde la oficina pertinente se inicia un expediente, el cual tiene un número de seguimiento.
- Desde la misma oficina se comunicarán para informar la conclusión del trámite.
¿Cuánto cuesta?
Sin costo.
En caso de producirse la escrituración, se deberá abonar una contribución única del 1% del avalúo fiscal, importe que se deposita en una cuenta especial creada al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe SA.
¿Dónde se realiza?
Oficina de Regularización Dominial Reconquista
- San Martín 1029
- 0348-2429794
- Martes y jueves de 8:30 a 12:00 h
Oficina de Regularización Dominial Santa Fe
- Salta 3211
- 0342-4815588 ó 0342-156400313
- Lunes, miércoles y viernes de 8:30 a 12:00 h
Oficina de Regularización Dominial Rosario
- Bv. 27 de febrero
- 0341-7690313
- Lunes a viernes de 8:00 a 12:00 h
Oficina de Regularización Dominial San Javier
- Nicasio Oroño 1969
- Lunes a viernes de 8:00 a 12:00 h
Observaciones:
Quedan excluidos del régimen de la presente ley:
- Los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda
- Los inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación
Formularios relacionados:
Trámite Reg, Dom. Actualizado - 80,91 kB