Propiedades: Certificación de firmas a particulares

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Este trámite permite realizar certificación de la firma a particulares para la realización de trámites en el ámbito del Registro General, que así lo requieran.

Existen dos tipos de certificaciones:

I) la Certificación de firmas practicada por funcionarios del Registro General

Sólo se certificarán las firmas de los particulares, con intervención de los funcionarios del Registro General habilitados para tal fin y con el alcance de acreditación de su identidad, en las siguientes solicitudes:

En Registro Santa Fe:

  • Informes comprendidos en el art. 45 de la Ley 6435
  • Informes para ser presentados en el trámite de otorgamiento de becas
  • Informes de libre inhibición
  • Expedición de segundos o ulteriores testimonios, cuya petición se formule por escrito por Mesa de Entradas
  • Fotocopia de documentación registral
  • Certificados para constitución y desafectación de Bien de Familia, cuya instrumentación se efectúe por Acta Administrativa
  • Rubricación de los Libros de Actas y Administración del Consorcio de Propiedad Horizontal
  • Búsqueda de inmuebles, cuya petición se formule por escrito por Mesa de Entradas

En Registro Rosario y Vdo. Tuerto:

  • Informes comprendidos en el art. 45 de la ley 6435. Formulario a utilizar: “I”
  • Informes de libre inhibición u otras cautelares análogas. Formulario a utilizar: “I”
  • Expedición de segundos o ulteriores testimonios. Formulario a utilizar: “SRI”
  • Rubricación de los Libros de Actas y Administración del Consorcio de Propiedad Horizontal. Formulario a utilizar: “RLC”
  • Solicitud de existencias de inmuebles. Formulario a utilizar: “SEI”. El presente se encuentra en proceso de incorporación

II) Certificación de firmas por escribano público o autoridad competente (Juez de Paz, Secretarios, Oficina de Certificaciones de Tribunales)

En todos los demás supuestos en que la rogatoria la efectúen particulares y no se encuentren contemplados en forma expresa en el punto I)

¿Qué necesito para realizarlo?

  • Documentación en la cual se desee certificar la firma
  • DNI

Importante: Los formularios deben imprimirse en Hoja de tamaño Legal (21,59 x 35,56) y hacerlo a doble faz. Se sugiere que se impriman con impresora a chorro de tinta.

¿Cuánto cuesta?

Tabla de Tasas Ley Convenio 8994

¿Dónde se realiza?

Registro General Santa Fe – Sede Santa Fe
San Martín 2545 - Teléfonos: 54 - 342 - 4577032, 4577054
Horario de atención: lunes a viernes de 7:45 a 12:15

Registro General Rosario – Sede Rosario
Urquiza 1172 - Teléfonos: 54 - 0341- 4721763, 4721764, 4721766
Horario de atención: lunes a viernes de 7:15 a 12:30

Registro General Venado Tuerto
San Martín 709 - Teléfonos: 54 - 3462 - 408869
Horario de atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30

Formularios relacionados:

    application/pdf Registro Rosario y Vdo. Tuerto: RLC - Rubricación Libros de Consorcio - 145,75 kB
    application/pdf Registro Rosario y Vdo. Tuerto: RF - Reconstrucción de Folio - 139,90 kB
    application/pdf Registro Rosario y Vdo. Tuerto: SRI - Solicitud Reposición Nota de Inscripción - 349,31 kB
    application/pdf Registros Rosario y Vdo. Tuerto: I - Informe - Dominio - 369,46 kB

¿Te quedó alguna duda?

atención ciudadana