Pensión Ley 5110: Derivación por fallecimiento de Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Es la extensión del beneficio de “Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas” al grupo familiar primario en los términos establecidos por los artículos 1° y 3° de la Ley 12867/08, modificatoria 13464/14 y Decreto 2864/08.

Este beneficio es extensivo a la cónyuge o conviviente; los hijos y los progenitores en caso de fallecimiento del titular.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • En el caso de cónyuge supérstite o conviviente deberá acreditar unicidad familiar durante al menos 2 años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Mediante material probatorio(Ejemplo: acta de unión convivencial, sumaria información judicial, impuestos, Servicios, etc)
  • En el caso de hijos/as acreditar vínculo mediante partida de nacimiento

Documentación a presentar por el solicitante

De la/el titular fallecida/o ó Desaparecido en Combate:

  • Formulario de Derivación por Fallecimiento
  • Acta de Defunción

De el/la/los Derechohabiente/s:

  • Fotocopia de DNI

Para acreditar el vínculo

De el/la Cónyuge Supérstite:

  • Acta de Matrimonio(actualizada al momento del pedido)

De el/la Conviviente:

  • Acreditar convivencia de 2(dos) años anteriores al deceso de el/la titular, adjuntando material probatorio.

De el/la/los hijo/a/s

  • Partida de Nacimiento

¿Cuánto cuesta?

Gratuito.

¿Dónde se realiza?

Puede gestionar su trámite en todos las Municipios y Comunas que se encuentren dentro del territorio provincial.

Según lo establecido por art.15 Ley 14177/22-Modifica Ley 5110: "Las reparticiones u oficinas públicas provinciales, municipales o comunales y las empresas con participación estatal, están obligadas a gestionar los trámites que les sean requeridos por la Caja, mediante oficio o personalmente por sus inspectores, en cumplimiento de las exigencias de esta ley y su reglamentación y que estime necesario para verificar la legitimidad del derecho invocado por los peticionantes."

Asimismo puede dirigirse a Delegaciones de la Caja de Pensiones Sociales Ley 5110.

Observaciones:

  • Para realizar el trámite no se necesita gestor. El trámite es totalmente GRATUITO.
  • Los formularios relacionados en este trámite pueden descargarse directamente desde aquí en formato PDF. De igual forma, deberán ser completados por personal del organismo o por agentes de las Municipalidades o Comunas que están autorizadas mediante convenio con la Caja a iniciar y realizar los trámites de pensión social.

Formularios relacionados:

    application/pdf Derivaciones por fallecimiento - 80,94 kB

Normativas relacionadas:

Ley Nacional 13464/2014 - Ley 12867- Pensión veteranos de Malvinas. Incorpora y modifica artículos
Decreto Provincial 2864/2008 - Reglamenta la Ley 12.867
Ley Provincial 12867 - Pensión de honor de veteranos de Guerra de Malvinas

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