Certificaciones: solicitud de certificado de supervivencia para personas con imposibilidad de traslado

Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.

¿En qué consiste?

Este trámite permite solicitar un certificado de persona viva, para ser presentado ante los organismos que lo requieran a fin de demostrar su existencia. Reviste la forma de una declaración jurada y se tramita sólo para el caso de personas imposibilitadas de traslado.

Destinatario/s:

Toda persona que necesite probar su existencia ante los organismos que lo requieran pero se encuentre imposibilitada de trasladarse. El trámite puede ser realizado por cualquier otra persona, sea familiar o no, siempre que cumpla con los requisitos solicitados.

¿Qué necesito para realizarlo?

  • DNI de la persona imposibilitada para concurrir a efectuar el trámite.
  • Certificado médico expedido por profesional matriculado en donde conste la imposibilidad de su traslado y la patología que padece. El mismo deberá estar expedido dentro de las 48 hs. hábiles de su presentación. El certificado debe estar legalizado por el Colegio Médico respectivo, salvo para efectores públicos.
  • Dos testigos, con DNI, que ratifiquen la supervivencia del afectado, quienes además se comprometan a informar cualquier cambio en lo declarado.
  • Completar por duplicado el formulario que figura al final de este documento (puede ser impreso desde aquí o retirado en las Oficinas de Atención al Vecino/a).

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Dónde se realiza?

En la ciudad de Santa Fe:

  • San Luis 2950 de lunes a viernes de 7:30 a 12:30 hs.

En la ciudad de Rosario:

  • Salta 2752: Presencial por orden de llegada lunes a viernes de 7.30 a 12.30
  • Distritos Rosario: Presencial por orden de llegada de lunes a viernes de 8.30 a 13.30
    • Distrito Norte: Warnes Ignacio 1917
    • Distrito Oeste: Pte. Perón 4602
    • Distrito Sur: Pte. Uriburu 637
    • Distrito Centro: Wheelwright 1486
    • Distrito Noroeste: Provincias Unidas 150 Bis
    • Distrito Sudoeste: Av. Francia 4435

En el resto de las localidades de provincia: en el Registro Civil o juzgado Comunitario con competencia en el lugar del domicilio de la persona interesada, los días hábiles de 7:30 a 12:30.

Listado de oficinas del Registro Civil

Formularios relacionados:

    application/pdf Formulario - Certificado de Supervivencia para personas con imposibilidad de traslados - 998,75 kB

Normativas relacionadas:

Ley Provincial 13297/2012 - Declara la “Emergencia en materia de seguridad pública” en la provincia de Santa Fe por 18 meses
Decreto Provincial 0425/2013 - Reglamenta la Ley Provincial 13297/2012

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