Personas Jurídicas: reformas de asociaciones civiles y fundaciones
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
Este trámite permite a las Asociaciones Civiles y Fundaciones solicitar autorización para las reformas de sus estatutos.
¿Qué necesito para realizarlo?
Para Asociaciones
- Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
-
Tener el legajo actualizado conforme resolución 359/74 I.G.P.J, que incluye:
-Informe de Nuevas de autoridades (Trámite concluido. En caso de no haber realizado la presentación, hacerlo junto a la presentación de Reforma)
-Presentación de Balances (Trámite concluido. En caso de no haber realizado la presentación, hacerlo junto a la presentación de Reforma)
-Asociaciones Civiles y Fundaciones: Libros rubricados -
De la Comisión Directiva actual y autorizados para el trámite:
-Apellido y Nombres
-CUIT/CUIL/CDI
-Nacionalidad
-Fecha de nacimiento
-Sexo
-Estado Civil.
-Profesión
-Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of – Km.
-Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
-Vínculo (asociado, fundador, miembro del consejo de administración, autorizado para el trámite)
-Cargo
-Fecha de inicio en el cargo -
Nota que debe contener:
-Nombre de la asociación
-C.U.I.T. de la asociación
-Domicilio social, con expresión de calle y número donde funciona la sede
-Expresión de si la reforma es total o parcial, en este último caso, individualización de los artículos modificados
-Respecto del acto constitutivo y sus posteriores reformas: fechas en que se celebró la asamblea constitutiva y las de reformas; fecha e individualización del acto administrativo que las autorizó - Acta de la Comisión Directiva que decidió la convocatoria a la asamblea, firmada por los representantes legales, transcripta y certificadas las firmas y la autenticidad del contenido de la misma escribano público, por juez de Paz o por Tribunales;
- Justificación de haberse citado la asamblea conforme a las disposiciones del estatuto
- Acta de asamblea que aprobó la reforma del estatuto firmada por los representantes legales, transcripta y certificadas las firmas y la autenticidad del contenido de la misma escribano público, por juez de Paz o por Tribunales; en la que conste las facultades otorgadas a las personas designadas para realizar el trámite.
- Copia del folio del registro de asistencia asamblea rubricado, correspondiente a la asamblea que resolvió reformar el estatuto. Suscripto por los representantes legales, certificadas las firmas por escribano público, por juez de paz o por tribunales.
- Copia del estatuto vigente con la resolución que lo aprueba firmado por los representantes legales.
- Texto ordenado con las modificaciones introducidas, suscripto por los representantes legales o autorizado por asamblea (firma y sello identificatorio).
Para Fundaciones
- Formulario de Iniciación de trámites de la I.G.P.J (Inspección General de Personas Jurídicas)
-
Tener el legajo actualizado conforme resolución 359/74 I.G.P.J, que incluye:
-Informe de Nuevas de autoridades (Trámite concluido. En caso de no haber realizado la presentación, hacerlo junto a la presentación de Reforma)
-Presentación de Balances (Trámite concluido. En caso de no haber realizado la presentación, hacerlo junto a la presentación de Reforma)
-Asociaciones Civiles y Fundaciones: Libros rubricados -
Del los Miembros del Consejo de Administración actual y autorizados para el trámite:
-Apellido y Nombres
-CUIT/CUIL/CDI
-Nacionalidad
-Fecha de nacimiento
-Sexo
-Estado Civil.
-Profesión
-Domicilio: Calle/Ruta – Nº - Piso – Dpto/Of – Km.
-Localidad, Departamento/Partido, Provincia, País
-Vínculo (asociado, fundador, miembro del consejo de administración, autorizado para el trámite)
-Cargo
-Fecha de inicio en el cargo -
Nota que debe contener:
-Nombre de la asociación
-C.U.I.T. de la asociación
-Domicilio social, con expresión de calle y número donde funciona la sede
-Expresión de si la reforma es total o parcial, en este último caso, individualización de los artículos modificados
-Respecto del acto constitutivo y sus posteriores reformas: fechas en que se celebró la asamblea constitutiva y las de reformas; fecha e individualización del acto administrativo que las autorizó -
Acta del Consejo de Administración que resuelve la reforma de estatuto, transcripta y suscripta por los representantes legales, certificadas las firmas por escribano público, por juez de paz o por tribunales.
En caso de que en dicha asamblea de Consejo de Administración no se encuentren presentes todos los consejeros, deberá acompañar justificación de la convocatoria a los ausentes conforme establezca el estatuto. - Copia del estatuto vigente con la resolución que lo aprueba firmado por los representantes legales.
- Texto ordenado con las modificaciones introducidas, suscripto por los representantes legales o autorizado por asamblea (firma y sello identificatorio).
¿Cuánto cuesta?
- Carátula: $480 (Código 91066)
- Sellado por fojas: $9.6 c/u (Código 91011)
- Tasa: $272 (Código 91233)
- Sin costo para Cooperadoras Escolares, Cooperadoras Policiales y Asociaciones de Bomberos y quienes presenten la Exención a la Tasa Retributiva de Servicios.
Guía para el pago de sellado (click)
¿Dónde se realiza?
Inspección General de Personas Jurídicas (I.G.P.J)
Horario de Atención: lunes a viernes de 7:30 a 12:30
Sede Central Santa Fe:
Dirección: 4 de Enero 2498 (CP S3000FQD) Santa Fe
Teléfono/Fax: 54 - 342 - 4574778, 4573917
E-mail: igpjsantafe@santafe.gob.ar
Delegación Rosario:
Dirección: Sargento Cabral 575 (S2000CCU) Rosario
Teléfono: 54 - 341 - 4721367, 4721349
E-mail: igpjrosario@santafe.govbar
- Centros Cívicos
Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00
Región 1 - Centro Cívico Reconquista
Dirección: Bvd. Hipólito Yrigoyen 1580 - Reconquista
Teléfono: 54 – 3482 - 438895 / 438896
E-mail: centrocivicoregion1@santafe.gob.ar
Formularios relacionados:
Formulario Foja Cero para reforma de Asociaciones Civiles y Fundaciones - 1,41 MB
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Normativas relacionadas:
Decreto Provincial 3810/1974 - Inspección General de Personas Jurídicas. Reglamentación Ley 6926
Resolución Provincial 359/1975 - Asociaciones Civiles y Fundaciones. Sociedades por Acciones. Deber de información anual
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