Obras públicas: actualización extraordinaria al Registro de Licitadores
¿En qué consiste?
Este trámite permite a las empresas constructoras (inscriptas en el Registro de Licitadores) modificar sus capacidades vigentes por: adquisición de equipos; incorporación y/o modificación de las obras declaradas para determinar las Capacidades Técnicas; modificación del período de producción y/o por balance irregular.
Destinatario/s:
Empresas Unipersonales o Sociedades que figuren en el Padrón de empresas habilitadas de este Registro de Licitadores.
¿Qué necesito para realizarlo?
- Si el último trámite por el que fueron habilitados se presentó en formato papel, para realizar este trámite deberán enviar a la casilla de correo tramites_reglic@santafevirtual.edu.ar el o los formularios y su correspondiente documentación.
- Si el último trámite por el que fueron habilitados se realizó a través de la Oficina Virtual, deberá realizar este trámite por el mismo medio.-.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Datos sociales y fiscales de la empresa:
- Estatuto, sus modificaciones y Acta de elección de Autoridades vigente.
- Constancia de Inscripción AFIP verificando su condición de empleador - Régimen de Seguridad Social Empleador.
- Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias (Formulario 711 / 713).
- Constancia Inscripción Registro Nacional Industria de la Construcción – I.E.R.I.C. - Ley 22250 - y renovación anual vigente.
- Certificado Negativo otorgado por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – Ley Provincial Nº 11945.
CONTRATO DE LA EMPRESA CON EL DIRECTOR TECNICO (el modelo se encuentra adjunto en FORMULARIOS RELACIONADOS):
De los Directores Técnicos:
- Constancia de Inscripción Anual (Fotocopia pago Matrícula)
- Detalle de Incumbencias Profesionales.
- Certificación de habilitación profesional en la Provincia de Santa Fe.
- Curriculum Vitae.
- En el caso de empresas cuyo titular cumpla, además, el rol de Director Técnico, igualmente deberán presentar el Contrato con el Director Técnico.
- La vigencia de Contrato deberá coincidir con la de la Habilitación de la Empresa (18 meses a partir de la fecha de cierre de Balance).
EQUIPOS PROPIEDAD DE LA EMPRESA (En funcionamiento, afectados a la actividad como Empresa Constructora):
- POR BALANCE: Libro de Inventario de Bienes de Uso o facturas de compra que respalden la titularidad del equipo adquirido.
- POR ALÍCUOTA: Factura y/o Boleto de Compra del equipo adquirido, para declarar equipamiento adquirido luego de la fecha del cierre del último balance o para valorizar equipos que se encuentran totalmente amortizados con una antigüedad no mayor a 20 años de la fecha de compra.
DATOS PARA DETERMINAR LA CAPACIDAD TÉCNICA:
- Deben declarar NO MAS DE CUATRO (4) OBRAS por cada especialidad en la que se solicita inscripción, con una antigüedad no mayor a 10 (diez) años de la fecha en la que se presenta el trámite ante el Registro.-
- Contratos y Actas de Inicio y de Recepción Provisoria y/o Definitiva de cada una de las obras declaradas.-
- En caso de Obras Privadas el Contrato deberá adjuntarse con el sellado de Ley correspondiente, Órdenes de Compra, Facturas y documentación que certifique el final de la obra.-
ANTECEDENTES DE PRODUCCIÓN:
- Contrato, Órdenes de Compra y Facturas de las obras comprendidas dentro del período de 12 meses corridos, con una antigüedad no mayor a 10 (diez) años.
- No deberán declararse prestaciones de servicios tales como: Dirección Técnica, Administración, Mantenimiento, Provisión y/o Alquiler de Equipos a Terceros, Provisión de Materiales.
- El detalle de la Certificación debe incluir IVA.
- El o los Balances coincidentes con dicho período.
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL:
- Balance con Certificación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de origen.
- Las empresas Unipersonales deberán estar inscriptas en el Registro Público de la jurisdicción correspondiente, de acuerdo al art. 320 y siguientes de acuerdo al Código Civil y Comercial de la Nación.
- Las Sociedades o Empresas Unipersonales no incluidas en el Art.62° de la Ley 19.550 y sus modificatorias deberán presentar Estados Contables con Dictamen de Contador Público legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo y/o Acta aprobatoria de socios, cuando corresponda.
¿Cuánto cuesta?
Ingresar al siguiente link, colocando el Código 91312, correspondiente al trámite de Actualización.-
¿Dónde se realiza?
Ingresando a la Oficina virtual
Contacto para consultas:
- Por correo: tramites_reglic@santafevirtual.edu.ar
- Registro de Licitadores – MOP: Teléfono: 54 - 342-4506600, 4506700 - Internos: 1615, 1132, 1716 mail: registro_licitadores@santafe.gov.ar
Observaciones:
Aclaraciones a tener en cuenta:
- El plazo establecido por el Reglamento del Registro es de 15 (quince) días hábiles contados desde la presentación completa de la documentación. Una vez finalizado el trámite se realiza un Comunicado de Capacidad que expide este Registro de Licitadores, el cual deberá ser retirado por la empresa. Quien retire la documentación debe estar autorizado/a por la empresa (deben enviar desde el correo declarado en la Oficina Virtual una nota con los datos de la persona autorizada).
- El plazo de vigencia del Comunicado de Capacidad es de 18 meses (máximo) a contar de la fecha de cierre del último Balance presentado. Dicho plazo podrá verse modificado por: o Vencimiento del Contrato con el Director Técnico previo al plazo mencionado.- o Vencimiento del Contrato Social previo al plazo mencionado (para el caso de Sociedades).-
Formularios relacionados:
Actualización extraordinaria - Formulario - 293,97 kB
Formulario para incorporación de automóvil para inspección de obras - 231,05 kB
Equipo mínimo - 254,54 kB
Tabla de especialidades - 254,74 kB
Directores Técnicos por especialidad - 240,88 kB
Modelo de Contrato con el Director Técnico - 13,02 kB
Normativas relacionadas:
Decreto Provincial 0001/1995 - Registro de Licitadores de Obras Publicas - Reglamento General
Resolución Interna 0055/1995 - Registro de Licitadores de Obras Públicas - Norma Interna
Resolución Interna 0087/2017 - Modificación de la Norma Interna del Reglamento General del Registro de Licitadores de Obras Públicas N° 1-96 y resoluciones N° 55-95 y 405-96
Resolución Provincial 127/2000 - Modifícación de la Norma Interna del Registro de Licitadores(Resoluciones 055/1995 y Modificatoria 405/1996)
Resolución Provincial 0128/2000 - Déjese sin efecto la aplicación de la Resolución 0416/1998
Resolución Provincial 273/2000 - Calificación Mensual de Marcha de Obra (I.C.M.O.)
Resolución Interna 002/2005 - Incorporación al cálculo de la capacidad técnica de contratación individual de las automóviles adquiridos por las empresas
Resolución Interna 0001/2014 - Nuevos requisitos para la incripción y actualización de inscripción en el Registro de Licitadores de Obras Públicas
Resolución Interna 002/2014 - Nuevos requisitos para la incripción y actualización de inscripción en el Registro de Licitadores de Obras Públicas
Resolución Interna 440/2017 - Modificación del Artículo 12° de la Noma lnterna del Registro de Licitadores de Obras Públicas Resolución N° 055/95
Resolución Interna 497/2020 - Modificación de la Norma Interna del Reglamento General del Registro de Licitadores de Obras Públicas (Resolucion N° 055-95 y su modificatoria 405-96)
Resolución Provincial 470/2024 - Resolución 470-24 MOP
Decreto Provincial 0335/2025 - Decreto 0355/25 - modificaciones efectuadas a los Artículos Nos 01, 03, 05, 08, 09, 12, 13 18, 19, 20, 23, 24, 29, 30 y 33 de la Reglamentación inherente al Decreto Nº 0001/95
Decreto Provincial 0195-06/2006 - Requisito de admisibilidad para las empresas que pretendan presentarse como oferentes
Decreto Provincial 2362/2016 - Modificaciones efectuadas a los Artículos Nos 01, 02, 14 y 28, de la Reglamentación inherente al Decreto Nº 0001/95
Tramites relacionados:
Obras públicas: inscripción en el Registro de Licitadores
Obras públicas: actualización de la inscripción al Registro de licitadores