Resolución General 0030/2020

Título

Por Resolución General C.A. N° 03/2020 - Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral con sede en la provincia de Santa Fe, deberán utilizar el Registro Único Tributario para realizar trámites de inscripción, modificación, ceses y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión, a partir del 01/06/2020

Fecha

26/05/2020

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